Barranquilla, 24 de agosto de 2018.- En carta el Fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, al Presidente de la Corte Constitucional Alejandro Linares, la mañana de este viernes le advierte errores y contradicciones en el comunicado de prensa emitido acerca de lo que sería la sentencia donde anuncian las decisiones adoptadas por la Corte, luego de la revisión a la Ley Estatutaria del Tribunal de Justicia Especial Para la Paz.
En el documento escrito, el Fiscal le advierte al magistrado Linares los vicios y omisiones en temas importantes, donde además también se presentan contradicción, como el caso de la sentencia C- 674 de 2017, entre lo aprobado en el Acto Legislativo que le dio vida al Acuerdo con las Farc, sobre el tema de la extradición y el alcance del delito del narcotráfico, además de los delitos de lesa humanidad, que serían del resorte de la Justicia Ordinaria, y al encontrarse los desajustes, podría entrar a operar la Corte Penal Internacional de la Haya. Además recuerda el Fiscal que quedó claro la pérdida de los beneficios si se llegare a cometer delitos por parte de las Farc a partir del 1 de diciembre de 2016, después de la fecha de la firma del acuerdo. Así mismo lo ratificó el legislador en el comunicado de prensa No 55 del 14 de Noviembre de 2017, “se pierden todos los beneficios cuando se incumpla el régimen de condicionalidad”.
Advierte entonces el Fiscal la contradicción en esto último en el Comunicado No. 35, con la sola expresión “todos”, desconociendo los principios de gradualidad y proporcionalidad del régimen de condicionalidad”, según señala textualmente.
Afirma el Fiscal Néstor Humberto Martínez que se presentan estos vacíos en este fallo que le daría viabilidad a la ley estatutaria de la JEP, quedando maniatada la Justicia Ordinaria para resolver casos hasta tanto el Tribunal de la JEP no resolviera, por lo que advierte que se deben de inmediato tomar medidas y corregir.
El Fiscal también, interroga y le deja en suspenso a la Corte cuestionando si se trata de un error. Al tiempo que advierte la duda, de que “la Corte no esté abrigando la posibilidad de que los desmovilizados puedan seguir delinquiendo indefinidamente en delitos de narcotráfico de cara a la indeterminación de la autoridad investigativa competente que por principio debe ser definida en el artículo 29 de la Constitución, previo al Acto Legislativo 01 de 2017”.
Así mismo señala que en un espacio de tres años, no habría jurisdicción que operara las investigaciones en desmedro de los intereses de las Víctimas y de un claro incumplimiento del deber del estado de ejercer persecución penal contra graves crímenes.
De igual manera afirma que en los casos de extradición le estaría quitando la competencia a la Justicia Ordinaria para que autoridades distintas a la ya definida puedan disponer del capturado, en este caso Seuxis Paucias Hernández Solarte, alias Jesús Santrich a pesar de que la propia Corte Constitucional en Sala Plena definió el 27 de junio de 2018 que durante el trámite de la extradición esta es competencia de la Fiscalía General de la Nación.
Lo anterior también sería usado como tropiezo para que la autoridad competente, solicite a la Interpol la circular roja para perseguir y capturar acusados e investigados fuera del país.