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Lafaurie pide al gobierno entrante derogar Decreto 0765 porque pone en riesgo la propiedad privada

El presidente ejecutivo de FEDEGÁN considera que este acto administrativo genera inseguridad jurídica, asfixia crediticia, desplazamiento de derechos reales y, además, sostiene que tuvo un trámite acelerado y poco consultado.

Barranquilla, 23 de julio de 2026.- La Federación Colombiana de Ganaderos FEDEGÁN, se sumó a las críticas generadas por cuenta de la expedición del Decreto 0765 del 15 de julio de 2026, expedido por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, que reglamenta el saneamiento de predios y mejoras que la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adquiera o reciba para fines de reforma agraria, en desarrollo del artículo 31 de la Ley 160 de 1994 y normas posteriores.

De acuerdo con José Félix Lafaurie Rivera, presidente ejecutivo de FEDEGÁN, las observaciones a este acto administrativo están enfocadas en que pone en riesgo la propiedad privada porque: 

Faculta a la ANT a producir efectos registrales con una simple promesa de compraventa.

El decreto permite que, una vez exista promesa de compraventa + acta de entrega, la ANT solicite la inscripción de un código registral especial de utilidad pública (que la Superintendencia de Notariado y Registro debía crear antes del 25 de julio de 2026). “Este código, aunque se presenta como ‘solo publicitario’, genera efectos inmediatos en el folio de matrícula inmobiliaria”, explicó el dirigente gremial.

– Autoriza la “posesión inmediata” sin entrega física. La norma habilita a la ANT a tomar posesión inmediata del predio “en el papel”, sin que se requiera la entrega material del bien. El alto ejecutivo indicó que esto significa que el control jurídico y administrativo pasa a la ANT de forma automática, incluso antes de que se complete el proceso de transferencia definitiva o se resuelvan posibles disputas.

– Permite cancelar gravámenes y “limpiar” títulos de forma administrativa. La ANT puede ordenar la cancelación o liberación de gravámenes, limitaciones, afectaciones y medidas cautelares inscritas, y solicitar la apertura de un nuevo folio de matrícula “limpio” (sin deudas ni pleitos anteriores). “Esto equivale a modificar por decreto el Estatuto Registral (Ley 1579 de 2012), saltándose a jueces y registradores en su función calificadora”, argumentó Lafaurie Rivera.

Consecuencias prácticas que generan el riesgo Para el presidente ejecutivo de FEDEGÁN, este decreto es lesivo porque origina:

– Inseguridad jurídica: mientras el acto administrativo esté vigente (hasta que el Consejo de Estado eventualmente lo anule), se pueden producir transferencias y cambios registrales difíciles de revertir.

– Asfixia crediticia: un predio con el código de “utilidad pública / reforma agraria” inscrito pierde valor como garantía. Bancos y entidades financieras se niegan a renovar u otorgar créditos, congelando el patrimonio del propietario.

– Desplazamiento de derechos reales: el dueño legítimo o reclamante pasa de tener un derecho real sobre la tierra a un eventual derecho de indemnización monetaria contra el Estado, que debe litigar durante años. José Félix Lafaurie también expresó su preocupación por el trámite acelerado y poco consultado.

“El proyecto solo estuvo abierto a comentarios entre el 2 y el 8 de julio y se firmó el 15 de julio con ministros encargados, lo que aumenta la percepción de improvisación”, dijo. Y pidió al gobierno entrante de Abelardo De La Espriella y a su ministro de Agricultura, Indalecio Dangond, “la derogación del Decreto 0765 del 15 de julio de este año porque pone en riesgo la propiedad privada y genera dinámicas inconvenientes en el sector agropecuario”.

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