Barranquilla, 14 de marzo de 2024.- Apesar de que la Corte Constitucional declaró inexequible el Artículo 5 de la Ley 2302/23, así lo establece en la sentencia C-080-2024, expedida este nueves por el máximo Tribunal que vela por la Constitución encontrando que el cambio de nombre que le dio el régimen de Gustavo Petro Urrego a la Fuerza Area, llamadola Fuerza Aeroespacial Colombiana, no se ajustó a los preceptos de la Carta Política.
La Fuerza Aérea se pronunció en un comunicado, señalando que no obstante que según ellos, respetan y acatan la decisión de la Corte Constitucional tomada, insitirán en el cambio de nombre haciendo el trámite legislativo, de manera conjunta con el Ministerio de Defensa, para radicar nuevamente la solicitud ante la Comisión Primera, tal como lo exige la Corte Constitucional.
De esta manera, señalan ellos que “”la misma Corte Constitucional, define que lo resuelto no afecta el rol, ni la misionalidad que la Fuerza desarrolla en el dominio espacial, por lo que esta decisión, según la Fuerza Area, “alienta a todos los integrantes de la FAC” a continuar trabajando para que los avances y las capacidades hoy adquiridas, se alineen en pro de los intereses y objetivos de la comunidad en general””.
Finalemnete afirman que “la Fuerza Aérea continuará ejerciendo las facultades emanadas del mando legal contenido en la Ley 2302 de 2023, fomenta la experiencia y conocimiento del espacio ultraterrestre, el desarrollo de infraestructura y recursos espaciales, la coordinación y colaboración con entidades públicas y privadas, y la garantía de la seguridad y soberanía nacional en el dominio espacial”.