
Barranquilla, octubre 5 de 2017.- En la cuarta sesión de discusión del Proyecto de Ley Estatutaria que estaría reglamentando la Justicia Especial para la Paz, luego de que este lunes, se constituyeron las comisiones conjuntas de Congreso y Cámara de representantes para tramitarla a toda velocidad, el martes sólo lograron aprobar 10 de los 50 artículos restantes, y en apenas 15 minutos este miércoles lograron aprobar 100 artículos de la controvertida ley.
Se avanzó en la aprobación de 3 artículos con modificaciones presentadas por la senadora Claudia López. Quedando la plenaria suspendida hasta el próximo lunes por las controversias debido a la impunidad denunciada por diferentes sectores y al interior del Congreso. Por lo que de los 161 artículos que contiene la iniciativa, quedan 48 pendientes para la próxima sesión que quedó convocada para el próximo lunes 9 de octubre de 2017.
Entre los cambios insignificantes para muchos que aseguran es que esa Ley Estatutaria es una completa impunidad para las Farc, además para un Tribunal de Paz con el que muy pocos están de acuerdo. Entre estos cambios está el del artículo 7 en el que se cambia la palabra ‘resarcir’ por ‘reparación’; en el parágrafo del artículo 48 añadir la palabra “institucionales y normativos”. Y finalmente en el último inciso del artículo 27, se especifica que no habrá repetición de hechos como el genocidio de la UP, los falsos positivos y asesinatos de personas protegidas.
El fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez Neira quien a pesar de grandes diferencias, toda vez que inicialmente estuvo en desacuerdo en 15 temas distintos, solo logró hasta el momento cambios que muchos han calificado como insignificantes. No obstante reiteró las sugerencias a la reglamentación de la JEP, en cuanto al claro trato a disidentes, reincidentes y desertores, sobre lo cual precisó que “Los disidentes no quedan dentro del régimen de la JEP ni con sus beneficios; los reincidentes quedarán sometidos al régimen de la JEP y de acuerdo con las infracciones se establecerán las sanciones máximas y en cuanto a los desertores se establece que quien se desmovilice y después del 1 de diciembre se vuelva a alzar en armas como rebelde o entre a integrar organización ilegal, perderá todos los beneficios de la JEP”.
Aclaró el funcionario que quien incumpla u oculte información sobre activos y testaferrato perderá todos los beneficios de la JEP; con relación a los delitos relacionados a la actividad ilícita del narcotráfico, antes de JEP será jurisdicción de ella, mientras que los delitos efectuados con posterioridad a la JEP, serán competencia de la justicia ordinaria.