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30 micos en proyecto de Ley Estatutaria: Impunidad y Ventajas de las Farc, sobre civiles, empresarios y FFAA

uribe-vichadaBarranquilla, 5 de octubre de 2017.- El Ex Presidente, Álvaro Uribe Vélez, denunció este jueves 30 micos incluidos en el proyecto de Ley Estatutaria que haría las veces de la normativa con la que se regiría el Tribunal Especial Para la Paz, duramente cuestionado no solo por los nombres de los magistrados que fueron elegidos, sino por las exageraciones que otros líderes y empresarios también han denunciado.

Afirmó el Ex Presidente Uribe desde su cuenta de tuitter que el Acuerdo Final será parámetro de interpretación de la Ley Estatutaria de JEP y fuente de derecho procesal en la Justicia Especial para la Paz, según lo señala el Artículo 8 y el Artículo 23. Con el agravante de que la JEP es una justicia paralela permanente. Habrá temporalidad indefinida de las Salas del Tribunal de la Paz.

Añadió que ante el riesgo de que las decisiones de la JEP no cumplan estándares de la Corte Penal Internacional, se estableció una causal excepcional de revisión de los fallos. Además de que establecen peligrosas medidas transitorias de procedimiento mientras se expiden las reglas procesales de la Jurisdicción

Otro de los reparos del Ex Presidente Uribe al proyecto de ley es el incumplimiento de las condiciones del sistema lo que no implica en ningún caso la expulsión del procesado de JEP, según lo establece el Artículo 19, en el inciso uno. Denuncia además que la reincidencia en delitos distintos a violaciones Derechos Humanos o infracciones al Derecho Internacional Humanitario no hará perder el tratamiento especial que reciben con la justicia del Tribunal de la Paz.

Añade además que las víctimas no podrán apelar sentencias y resoluciones de la Justicia Especial para la Paz. Sólo podrán ser apeladas por los destinatarios de ellas, según lo señala el Artículo 20, 96, y 147. Igualmente denunció respecto de las victimas, que estas sólo serán reparadas las víctimas de hechos que sean identificados en la JEP. Muchas quedarán excluidas, sin reparación, Artículo 38.

También trajo a colación el Ex Mandatario Colombiano, el hecho de que las Farc podrá participar en política aun cuando no hayan cumplido a cabalidad con la verdad, justicia y reparación, según lo deja claro el Artículo 30.

Las tantas veces denunciado delito de Narcotráfico, no tuvo ningún cambio y permanece siendo calificado como delito político. Para dejarlo sin castigo, se aplicará tanto a las Farc como a “no rebeldes”, denuncia Uribe.

Otro de los micos que quedan incluido es en esta Ley Estatutaria es que se invierte la carga de la prueba respecto de la extinción de dominio. Ahora las Farc y sus familiares tendrán fortuna hasta que se les demuestre que su origen es ilícito, según denuncia textualmente el ex presidente.

Muchos crímenes de guerra quedarán impunes. Sólo se judicializarán los cometidos de manera sistemática. Los que no, serán amnistiados, afirma el Ex Mandatario.

Mientras agentes del Estado que no aporten la verdad perderán beneficios, las Farc los mantendrán aunque reincidan. La JEP no sólo exculpará a las Farc de crímenes atroces sino que los delitos por narcotráfico. Dicho delito cometido por las Farc siempre será competencia del Tribunal Especial de la Paz.

Responsabilidad de mando aplicable a las Farc, podría dejar por fuera a superiores como líderes de un aparato organizado de poder. Los abogados extranjeros quedan habilitados para defender procesados en la JEP. Quienes cometieron delitos siendo menores de 18 años no serán responsables de ellos, independientemente del tipo de delito.

Los entes de control del estado, quedan limitados: Se limitan las funciones de Procuraduría, sólo podrá intervenir a solicitud de magistrados de la JEP, no de oficio. Se limitan funciones de la Fiscalía. No podrá capturar, interrogar ni imputar personas cuyas conductas sean competencia de JEP. Unidad Especial de Investigación creada en Fiscalía, por decreto, será única entidad de la justicia ordinaria que tendrá relación con JEP. Tampoco se sujetará a las normas de contratación pública. Se regirá por el derecho privado

Miembros de las Farc no aceptarán responsabilidades. Se permite reconocimiento colectivo de responsabilidad. Para definición de conexidad con delito político, se aplicará-ante la duda-doctrina de Sala de Amnistía o de Sección de Revisión. Se suspenderán penas impuestas por jurisdicciones distintas de JEP, de acuerdo al aporte a verdad, justicia, reparación del condenado

Las ventajas de los magistrados de la Justicia Especial para la Paz quienes además serán vitalicios y tendrán un régimen disciplinario especial. Magistrados JEP encargados de seleccionar fallos de tutela para revisión no serán escogidos a la azar, a diferencia magistrados de la Corte Constitucional. Magistrados del Tribunal de Paz y fiscales de la Unidad de Investigación y Acusación tendrán altos salarios.

El tiempo en las Zonas Veredales se podrá redimir del tiempo de la sanción impuesta por la JEP

Sanciones de JEP se ejecutarán en coordinación con la reincorporación política de Farc: tendrán 5 curules en Cámara y 5 en Senado. Un sancionado por la JEP podrá simultáneamente ser congresista, según lo establece el Artículo 144. Sanciones propias de JEP se cumplirán en periodos discontinuos, de acuerdo al lugar de ejecución de la sanción

Solo 5 años de cárcel luego de haberse apropiado de 8 mil millones de pesos, continuará en los Estados Unidos en calidad de testigo protegido será también testigo de los tres magistrados, además de

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