Barranquilla, 23 de mayo de 2023.- La senadora María Fernanda Cabal, radicó este martes derecho de petición dirigido a la vicepresidente Francia Márquez, para que entregue informe del trabajo realizado en su gira por el África y explique el aporte en recursos económicos y logísticos, hechos por la Open Society. Especificó la Senadora, qué es muy importante conocer cuántos negocios firmó la funcionaria en su gira por ese continente.
Recordemos que la gira o safari por el África como lo han calificado ha estado lleno de escándalos desde antes de arrancar ya tenía encendido el país por la inutilidad de dicho recorrido además de lo costoso. A esto se le sumo la denuncia de haber viajado con su pareja sentimental Yerney Pinillo Ocoro, por lo que también la ciudadanía por su parte reclama en calidad de qué, esta mujer se habría ido de luna de miel con el desconocido personaje. A todo esto se le agrega que finalmente la polémica mujer reconoció haber recibido financiación de parte de la fundación Open Society de George Soros.
Situación que ha llamado la atención de las autoridades que deben ejercer control al Ejecutivo, como es el caso de la Senadora Cabal, quien recuerda que eleva la anterior petición en uso del derecho fundamental de petición, consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia que establece que:” “Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución (…)”, reglado por la Ley Estatutaria 1755 de 2015″”.
Así mismo recordó la Senadora en su petición, “el mandato contenido en el parágrafo 2 del artículo 15 de la ley
1437, modificado por la Ley estatutaria 1755 de 2015 que dispone: Parágrafo 2: Ninguna autoridad podrá negarse a la recepción y radicación de solicitudes y peticiones respetuosas.
Adicionalmente le recuerda la Senadora Cabal a Francia Márquez, “el literal C, del artículo 11 de la Ley 1909 DE 2018 que señala: “Artículo 11. Derechos. Las organizaciones políticas declaradas en oposición de que trata la presente ley, tendrán los siguientes derechos específicos: …c) Acceso a la información y a la documentación oficial…”
La información solicitada a la Vicepresidente Francia Márquez corresponde a los siguiente puntos anotados textualmente:
1 Sírvase a remitir informe de las actividades y resultados del trabajo realizado por usted entre el 10 y 18 de mayo en la visita que hizo a tres países del África; Sudáfrica, Kenia y Etiopía.
2. Remitir lista de los acompañantes que estuvieron con usted en la visita oficial, respondiendo; nombre completo, cargo, y trabajo realizado por cada uno.
3. Certificar cuánto dinero fue aportado por la organización “Open Society”, para apoyar la gira por África adelantada por usted. Esto de acuerdo con un trino del 20 de mayo de 2023 donde expresó “Gracias a @OpenSociety por su apoyo financiero y logístico a nuestra visita de alto nivel a Sudáfrica, Kenia y Etiopía. Reconocemos su aporte al fortalecimiento de las democracias en América latina y el Caribe y al papel de las comunidades étnicas frente a la crisis climática.”
4. Discriminar el apoyo logístico que entregó Open Society en su viaje al África.
5. ¿Qué tipo de contratos o trabajos le ha encomendado al señor Esteban Sinisterra de la empresa Esteban African?
6. ¿Qué tipo de contratos o trabajos le he encomendado a la señora Nohemy Arboleda?
7. ¿Existe contratación directa de la Vicepresidencia con los señores Esteban Sinisterra y Nohemy Arboleda? Adjuntar los contratos en caso de su existencia, donde se refleje objeto, cuantía y duración.
8. Sírvase a enviar listado de los hoteles donde se hospedaron usted y sus acompañantes en los países de Sudáfrica, Kenia y Etiopía. ¿Qué costo, se cobró por noche en cada hotel y por cuántos días?
Cabal igualmente remite a Francia Márquez, al “artículo 258 de la Ley 5 de 1992, los Senadores y Representantes pueden solicitar cualquier informe a los funcionarios autorizados para expedirlo, en ejercicio del control que corresponde adelantar al Congreso, frente a los cuáles deberá procederse a su cumplimiento en los cinco (5) días siguientes; Por lo anterior, espero se proceda en consecuencia dentro del término establecido”.
Adicionalmente recuerda los derechos de la Oposición, establecidos en “el artículo 16 de la Ley 1909 DE 2018, que establece que las organizaciones políticas que se declaren en oposición tendrán derecho a que se les facilite con celeridad, la información y documentación oficial, dentro de los cinco (5) días siguientes a la presentación de la solicitud”.
Por lo que teniendo en cuenta lo anterior, solicita que se resuelva su solicitud de información en el término cinco (5) días siguientes a la presentación de este derecho de petición.