Barranquilla, 13 de marzo de 2020.- En un Mensaje al Congreso de acuerdo a como corresponde y de conformidad con la sección 201 de la Ley Nacional de Emergencias (50 USC 1621), la Casa Blanca informó, luego de una declaración pública del presidente Donald Trump, que en el ejercicio de su autoridad declara que el brote de la enfermedad por coronavirus (COVID-19) en los Estados Unidos constituye una emergencia nacional.
Cabe destacar que ésta declaración invoca la sección 1135 de la Ley de Seguridad Social, 42 USC 1320b – 5, para permitir que el Secretario de Salud y Servicios Humanos ejerza la autoridad bajo esa sección para renunciar temporalmente o modificar ciertos requisitos de Medicare, Medicaid y State Children’s Health. Programas de seguro y de la Norma de Privacidad de la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro de Salud a lo largo de la duración de la emergencia de salud pública declarada en respuesta al brote de COVID-19.
Textualmente señala la proclamación emitida en la que además hace un recuento de los hechos que según el gobierno de los Estados Unidos inició en diciembre de 2019:
En diciembre de 2019, un nuevo coronavirus conocido como SARS-CoV-2 “el virus” se detectó por primera vez en Wuhan, provincia de Hubei, República Popular de China, causando brotes de la enfermedad de coronavirus COVID-19 que ahora se ha extendido globalmente. El Secretario de Salud y Servicios Humanos HHS declaró una emergencia de salud pública el 31 de enero de 2020, en virtud de la sección 319 de la Ley del Servicio de Salud Pública 42 USC 247d, en respuesta a COVID-19.
Recuerda además que se han tomado las medidas radicales para controlar la propagación del virus en los Estados Unidos, incluso mediante la suspensión de la entrada de ciudadanos extranjeros que buscan la entrada que habían estado físicamente presentes en los últimos 14 días en ciertas jurisdicciones donde se han producido brotes de COVID-19, incluidos los del Pueblo República de China, la República Islámica de Irán y el Área Schengen de Europa.
Relata además que el Gobierno federal, junto con los gobiernos estatales y locales, han tomado medidas preventivas y proactivas para frenar la propagación del virus y tratar a los afectados, incluso instituyendo cuarentenas federales para personas evacuadas de naciones extranjeras, emitiendo una declaración de conformidad con la sección 319F-3 de Salud Pública Ley de servicios (42 USC 247d-6d), y políticas de lanzamiento para acelerar la adquisición de equipos de protección personal y agilizar la entrega de nuevas capacidades de diagnóstico a los laboratorios.
Añade igualmente que el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud anunció que el brote de COVID-19 puede caracterizarse como una pandemia, ya que las tasas de infección continúan aumentando en muchos lugares del mundo y en todo Estados Unidos. incluso instituyendo cuarentenas federales para individuos evacuados de naciones extranjeras, emitiendo una declaración de conformidad con la sección 319F-3 de la Ley de Servicio de Salud Pública (42 USC 247d-6d) y lanzando políticas para acelerar la adquisición de equipos de protección personal y agilizar la incorporación de nuevas capacidades de diagnóstico a laboratorios.
El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud anunció que el brote de COVID-19 puede caracterizarse como una pandemia, ya que las tasas de infección continúan aumentando en muchos lugares del mundo y en todo Estados Unidos. incluso instituyendo cuarentenas federales para individuos evacuados de naciones extranjeras, emitiendo una declaración de conformidad con la sección 319F-3 de la Ley de Servicio de Salud Pública (42 USC 247d-6d) y lanzando políticas para acelerar la adquisición de equipos de protección personal y agilizar la incorporación de nuevas capacidades de diagnóstico a laboratorios. El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud anunció que el brote de COVID-19 puede caracterizarse como una pandemia, ya que las tasas de infección continúan aumentando en muchos lugares del mundo y en todo Estados Unidos. y la publicación de políticas para acelerar la adquisición de equipos de protección personal y agilizar la entrega de nuevas capacidades de diagnóstico a los laboratorios. El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud anunció que el brote de COVID-19 puede caracterizarse como una pandemia, ya que las tasas de infección continúan aumentando en muchos lugares del mundo y en todo Estados Unidos. y la publicación de políticas para acelerar la adquisición de equipos de protección personal y agilizar la entrega de nuevas capacidades de diagnóstico a los laboratorios. El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud anunció que el brote de COVID-19 puede caracterizarse como una pandemia, ya que las tasas de infección continúan aumentando en muchos lugares del mundo y en todo Estados Unidos.
La propagación de COVID-19 dentro de las comunidades de esta nación amenaza con forzar los sistemas de salud de nuestra nación. Hasta el 12 de marzo de 2020, 1,645 personas de 47 estados habían sido infectadas con el virus que causa COVID-19. Corresponde a los hospitales e instalaciones médicas en todo el país evaluar su postura de preparación y estar preparados para aumentar la capacidad y la capacidad. Sin embargo, se necesitan medidas adicionales para contener y combatir con éxito el virus en los Estados Unidos.
“AHORA, POR LO TANTO, YO, DONALD J. TRUMP, Presidente de los Estados Unidos, por la autoridad que me confieren la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, incluidas las secciones 201 y 301 de la Ley Nacional de Emergencias (50 USC 1601 et seq .) y de conformidad con la sección 1135 de la Ley de Seguridad Social (SSA), según enmendada (42 USC 1320b-5), por la presente, declaran y proclaman que el brote de COVID-19 en los Estados Unidos constituye una emergencia nacional, a partir de marzo 1, 2020. De conformidad con esta declaración, dirijo lo siguiente”:
Seccion 1 . Autoridad de emergencia . El Secretario del HHS puede ejercer la autoridad bajo la sección 1135 de la SSA para renunciar temporalmente o modificar ciertos requisitos de los programas de Seguro de Salud Infantil, Medicaid y del Estado de Medicare y de la Regla de Privacidad de la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro de Salud durante toda la duración del público. emergencia de salud declarada en respuesta al brote de COVID-19.
Seg . 2 . Certificación y Aviso . En el ejercicio de esta autoridad, el Secretario del HHS deberá proporcionar certificación y notificación por escrito al Congreso según lo requerido por la sección 1135 (d) de la SSA (42 USC 1320b-5 (d)).
Seg . 3 . Disposiciones generales . (a) Nada en esta proclamación se interpretará para menoscabar o afectar de otra manera:
(i) la autoridad otorgada por ley a un departamento o agencia ejecutiva, o al jefe del mismo; o
(ii) las funciones del Director de la Oficina de Gestión y Presupuesto relacionadas con propuestas presupuestarias, administrativas o legislativas.
(b) Esta proclamación se implementará de conformidad con la ley aplicable y sujeta a la disponibilidad de asignaciones.
(c) Esta proclamación no pretende, y no crea, ningún derecho o beneficio, sustantivo o procesal, exigible por ley o en equidad por ninguna de las partes contra los Estados Unidos, sus departamentos, agencias o entidades, sus funcionarios, empleados , o agentes, o cualquier otra persona.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, he puesto mi mano aquí el trece días de marzo, en el año de nuestro Señor dos mil veinte, y de la Independencia de los Estados Unidos de América el doscientos cuarenta y cuatro.