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Periodo del Congreso finalizó y con el se hundió la ideologizada Jurisdicción Agraria

Al no ser discutido y votado antes del 20 de junio, la iniciativa quedó archivada.

Valleduar, 19 de junio de 2026.- Al cierre de la legislatura, el Proyecto de Ley 183 de 2024 (Senado) – 398 de 2024 (Cámara), que con la excusa de establecer normas procesales para la Jurisdicción Agraria y Rural, no obstante intentar ideologizar el campo, no logró superar su trámite en la Plenaria del Senado, precisamente por su funesto fin de persecución, fue archivado de forma automática por vencimiento de términos.

La iniciativa que era impulada por la extrema de izquierda del gobierno y del congreso, no obstante algunos propósitos subsanabes, buscaba dotar de herramientas operativas a la nueva Jurisdicción Agraria, creada mediante reforma constitucional y Ley Estatutaria, con la pretención del acceso a la justicia especializada para los habitantes del campo, “permitiendo resolver conflictos sobre tenencia, propiedad, posesión y producción agropecuaria” de manera más ágil y cercana a los territorios, realmente terminaría en enfrentamiento en los territorios.

“El articulado proponía la creación de una estructura judicial especializada, compuesta por juzgados agrarios de primera instancia y tribunales de segunda instancia, bajo un procedimiento oral, concentrado y con reglas especiales para la protección de poblaciones vulnerables, campesinos, comunidades étnicas y víctimas”, sin embargo para nadie es un secreto cuando se habla de las supuestas víctimas, quienes son los que realmente salen premiados. Además de la creación de una nueva burocracia para el régimen.

Implicaciones del archivo

El proyecto, considerado por el régimen como el eje procedimental necesario para implementar la Reforma Rural Integral, enfrentó diversas dificultades durante su trámite en el Senado, incluyendo retos en la construcción de consensos sobre sus competencias materiales y la falta de tiempo en la agenda legislativa de cierre.

Al no ser discutido y votado antes del 20 de junio, la iniciativa queda archivada. Jurídicamente, esto significa que, si bien el Consejo Superior de la Judicatura mantiene la facultad de seguir creando juzgados agrarios según lo dispuesto en la Ley Estatutaria, estos jueces no contarán con una ruta procesal propia y expedita para tramitar los conflictos, lo que representa un reto para la celeridad y eficacia que se buscaba con la creación de esta jurisdicción, supuestamente.

Para retomar la reforma en una futura legislatura, será necesario radicar nuevamente la iniciativa ante el Congreso de la República, reiniciando su curso desde el primer debate.

NOTA: Publicación con material de apoyo de Catalina Silva de la Oficina de Prensa Senado

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