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COSTA NOTICIAS

La JEP no hace parte del bloque de constitucionalidad. Por: Ex Magistrada, María Patricia Ariza Velasco

El gobierno en etapa agonizante enseñó que la meritocracia, la disciplina de estudios, las capacidades morales e intelectuales, la experticia, las reglas para acceder a cargos públicos que tenían motivos de eficiencia y eficacia, no tenían cabida en el ejecutivo estatal. Obvio que actuara con estos criterios y permitiera la exhibición de títulos falsos, hacer gala de mediocridad desde la extensa lista de ministros que se pasearon por las carteras ministeriales y lo peor de todo, que hicieron el oso internacional, porque no tenían agentes capaces de cumplir con las tareas asignadas legalmente o por las condiciones de la función pública.

Haciendo eco a lo anterior, personajes como alias Timochenko cuyo nombre es Rodrigo Londoño, cabecilla de las FARC, afortunado que se ganó la ruleta de las Conversaciones de paz, se atreve a hablar, conversar y pontificar sobre derechos humanos, cuando es de conocimiento público que es actor indiscutible de crímenes de guerra y lesa humanidad, reclutamiento forzado con modalidad focalizada en menores de edad, secuestro y toma de rehenes, esclavitud y trabajos forzados a quien se atribuye el atentado contra el Club El Nogal en el 2003 y que además entre otras conductas execrables la Organización Rosa Blanca integrada por mujeres víctimas de esa narcoguerrilla, reclutadas desde los nueve años de edad, le endilgan dando la cara a Colombia, los delitos de reclutamiento forzado, violencia sexual y abortos forzados, como víctimas directas de este individuo y otros de la organización criminal. Ese mismo “ser humano” hace menos de 24 horas, se erige como representante de derechos humanos.

Dentro de las opiniones erradas, afirmó que los llamados “Acuerdos de la Habana”, los que se firmaron en el Teatro Colón, (otorgándoles la calidad de obra de teatro, porque ese es el destino de ese recinto), hacen parte del “Bloque de Constitucionalidad”. Miren pues, ¡habla un experto en Derechos Humanos! Acá obviamente este señor no es desde el punto de la formación intelectual ni de la práctica personal en el terreno de estos derechos, quien está autorizado para opinar en este tema. Se me revolvieron las entrañas y sentí nauseas. Claro, su posición está reforzada por todos los comportamientos liderados por el primer gamín de la nación, quien durante cuatro años habló desde lo divino a lo humano, aparentando tener conocimientos suficientes y hablando solo desde sus propios excrementos, con aroma de drogas.

El Bloque de Constitucionalidad, denominación que fue otorgada desde los inicios de la Corte Constitucional, a través de la sentencia C-225/95 al artículo 93 de la Constitución Política, que establece que los tratados y convenios internacionales sobre derechos humanos ratificados por el Congreso tienen prevalencia en el orden interno. Además, determina que todos los derechos y deberes constitucionales deben interpretarse conforme a dichos tratados.

Los Acuerdos de la Habana en ningún momento pueden considerarse ni tratados, ni convenios en materia de derechos humanos, al tenor literal del “tratado de tratados” que es la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969. Este es el marco jurídico internacional que establece las reglas sobre cómo se deben crear, modificar, interpretar y terminar los acuerdos entre países. Los acuerdos referidos no gozan de esta categoría, como lo han afirmado expertos internacionalistas, pues no fue realizado entre países. El que los hayan depositado en la ONU, no les otorga la categoría y tampoco que los hayan metido a la fuerza en la Constitución Política, con las triquiñuelas conocidas, tampoco les concede tal calidad, así hayan agachado la cabeza la mal llamada dirigencia conservadora, que se convirtieron en cómplices de este adefesio. La burla al plebiscito aún ronda en la medula de los conocedores del Derecho Constitucional Colombiano. Obvio Timochenko (alias en honor de un ruso) no tiene ni idea de la existencia de esta norma internacional y jamás ha tenido como referente el tema de los derechos humanos, ni antes como integrante de una narcoguerrilla, ni ahora, después de aplastarse 8 años en el Senado de la República, gracias al regalo inmerecido otorgado por Juan Manuel Santos y sus secuaces, quienes le hicieron la segunda a los subversivos al servicio de las mafias y a través de los torcidos en el Congreso de la República que le hicieron eco, para facilitarle el otorgamiento del nobel de paz y la polarización de nuestro país para que bandidos de las narcoguerrillas impunemente rondaran en el recinto de las leyes y pontificaran sobre derechos humanos como lo hizo recurrentemente Sandra Ramírez o Griselda Lobo Silva, proxeneta que tuvo la dignidad además de ser vicepresidenta del Senado, seria afrenta para con las mujeres víctimas de violencia sexual y reclutamiento forzado por la organización criminal.

El guerrillero, defiende la JEP, el único tribunal hecho en la historia del mundo para amparar los victimarios, realza su impunidad, lo cual es motivo de molestia para un porcentaje grande de colombianos. El presidente elegido por los colombianos para suceder al primer batracio de la nación, tuvo como una de sus banderas la eliminación de este malhadado tribunal, pero también podemos con la anuencia de las mayorías sacar de las entrañas de la Constitución no solo este adefesio, también los “Acuerdos de la Habana” introducidos a través del Acto Legislativo 01/2016. En Teoría general del Derecho, se aprende que lo que se hace en Derecho, se deshace en Derecho y por suerte, no hay norma pétrea o inamovible dentro de tráfico jurídico. Así que puede promoverse un Acto Legislativo para remover el 01 de 2016, comprometiendo las mayorías del órgano legislativo.

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