Por: Jorge Vergara Carbó . Presidente ONG ”CIVICOS EN ACCIÓN”
Barranquilla, 16 de mayo de 2018.- En mayo 18 de 2.010 el ciudadano Víctor Díaz Restrepo impetro una “Acción Popular” en contra de la Triple A, Inassa y el Distrito de Barranquilla, la cual fue asignada al Juzgado Sexto Administrativo de Barranquilla. El documento consta de siete capítulos donde se persigue una pretensión principal y tres pretensiones subsidiarias, con la finalidad de que sean estudiadas por el despacho.
Se solicita ordenar la declaración de vulneración de los Derechos Colectivos de la Moralidad Administrativa, el Patrimonio Público; el acceso a los Servicios Públicos Domiciliarios y a que su prestación sea eficiente y oportuna, y a la libre competencia, por efectos del Contrato de Suscripción de Acciones entre el Municipio de Barranquilla y la Triple A, y como consecuencia de ello, se produjo la vinculación de Inassa como socio calificado y parar los servicios de “gerenciamiento” de todas las actividades de la Triple A. Se pide que se declare la “Nulidad” del contrato de Suscripción de Acciones suscrito por Bernardo Hoyos Montoya, como representante del Municipio y de Joaquín Fernández Malabet, como gerente de la Triple A y solicitan al Distrito de Barranquilla adoptar todas las medidas para recuperar las acciones. Esta solicitud por parte del accionante esta errada, porque cuando se originó parte de la pérdida de las acciones del Distrito, se dio en el año 1.996, cuando ejercía de alcalde Edgar George y no Bernardo Hoyos. Fue en el año 1.996, cuando se crea la empresa Inassa, conformada el 51% por “Aguas de Barcelona” e inversionistas barranquilleros liderados por la familia Gerleín. Solicitan anular la emisión de acciones “Clase C” autorizadas por la reforma estatutaria mediante escritura pública No 1591 de junio de 1.995, por no haber sido autorizadas por el Concejo Distrital y violar el acuerdo 023 de 1.991. Otro de los puntos es que se obligue al Distrito a que presente un informe detallado de la “Interventoría Externa” que ha debido ejercer como responsable de la prestación de los servicios de agua, aseo y alcantarillado, y el control ejercido sobre el recaudo de los subsidios por parte de la Triple A, y el pago de subsidios a los estratos 1, 2 y 3, como al aumento de las tarifas.
De acuerdo a la auditoria ejercida por la CGR a la Triple A, el Distrito nunca ejerció esa interventoría, no la contrato, como tampoco la ejerció la Contraloría Distrital. Solamente la hicieron en un año, por parte del Contralor Jorge Iglesias y el año pasado, y esto por el Contralor Fernando Fiorillo. m Los barranquilleros nunca hemos tenido conocimiento de esos informes, como tampoco de los miembros de la administración en la junta directiva donde ocupan dos puestos de sus principales con sus suplentes. Con relación a las obras ejecutadas y financiadas por el Distrito y la Nación, como del componente tarifario Factor de Expansión, al manejo contable pide devolver la parte recaudada de esas inversiones, ya que los incluyeron para el cálculo de la tarifa de acuerdo las resoluciones de la CRA. Son varias las inversiones que se hicieron por el Distrito y la Nación, entre ellas parte del servicio a los sures de la ciudad, con un aporte de la Nación por $35.000 millones en el gobierno de Andrés Pastrana. Los $77.000 millones por parte de Min ambiente entregados a la Triple A para el tratamiento de las aguas residuales, contrato que se hizo con “Sergio Torres” con interventoría de la empresa que adjudicó la Triple A, obras que presentaron fallas, y que aún no han sido corregidas.
Se le solicita al juez una serie de medidas cautelares, entre ellas hacer parte del proceso a la PGN. En cuanto al pago del 4.5% de los ingresos de la Triple A a Inassa S.A por “Gerenciamiento “ estos fueron autorizados por la Asamblea General mediante la reforma estatutaria registrada en la Notaría Quinta, Escritura Pública No 3983 del 19 de septiembre de 1.996, artículos 82 y 83. Se estimaron unos ingresos anuales de $140.000 millones, lo que significaba $6.000 millones anuales. El cálculo de la Tarifa incluye los costos de administración “CMA” expresado en $/usuario/mes, los costos de mantenimiento y operación ”CMO” en $/m3, los costos de inversión “CMI”, expresado en $/M3. El CMA se recupera con el cargo fijo, los otros costos por la tarifa.
El viernes 11 de mayo de 2018, se tiene programada una reunión de la asamblea de socios de la Triple A para tocar entre otros el punto del “gestionamiento técnico” que supuestamente brinda Inassa y que la PGN ha declarado conjunto con la FGN, que nunca se ha prestado. Con relación a lo acordado en 1.996 y luego ratificado en el año 2.000, fijando el pago del 4.5% de los ingresos de la Triple A, creemos que los socios distintos a Inassa y especialmente el Distrito de Barranquilla deberían proponer en primera instancia, que se verifique por un auditor externo si efectivamente Inassa presta un gestionamiento técnico y administrativo a la empresa Triple A, dado que la PGN afirman que ese gestionamiento no se presta en realidad. En segunda instancia proponer cancelar de común acuerdo hacia el futuro el pago de ese gestionamiento técnico por parte de los españoles. En tercera instancia, de no ser aceptada las propuesta anteriores, solicitar en la asamblea una revisión de ese acuerdo por desequilibrio económico en contra del Distrito, debido a que cuando se pactó, se hizo sobre unos ingresos de $140.000 millones y hoy por la expansión de la empresa los ingresos son cercanos o superiores a $600.000 millones, lo que representa unos ingresos de $27.000 millones anuales que inciden sobre los gastos, disminuyendo las utilidades y por ende, menores ingresos para e Distrito y los socios minoritarios. Los ingresos crecieron debido a que la Triple A firmó varios contratos de concesión con algunos municipios del Departamento, pero no sabemos si en esas concesiones se pactó el 4.5% como gestionamiento, porque a la fecha lo están cobrando. Los alcaldes de los municipios con servicio prestado por la Triple A, deberían hacer público el contrato de concesión. En la asamblea también debería pedirse una presentación de los estados financieros independientes por cada concesión y unos estados financieros consolidados, que permitan con claridad evaluar los resultados operacionales en cada entidad territorial y conocer los montos de inversión y los subsidios cruzados y la necesidad o no de los Fondos de Solaridad que exija la ley. Otro tema a tratar es el de las regalías que debería pagar la Triple A al Distrito, el cual se calculó sobre una base errada al fijarle al capital un monto de $15.000 millones, cuando deberían ser $32.754 millones, que fue la valoración que hizo Cofinorte a una tasa de interés del 1.5% mensual, tasa por debajo de la mercado de esa época, indexado anualmente por el IPC de obreros.
Estas regalías, el ex alcalde Bernardo Hoyos en su administración en el año 2.000, las negoció autorizado por el Concejo Distrital para inversión en el Suroccidente hasta octubre del año 2.013, a partir de esa fecha deberían pagar regalías, pero estas también fueron negociadas por el alcalde Alex Char en el año 2.010-2.011, utilizando parte de los recursos para pagar la deuda que tenía el Distrito por subsidio de $70.000 millones, que Guillermo Hoenigsberg no quiso reconocer, pero que la Procuraduría y el Tribunal Administrativo del Atlántico obligaron al alcalde Char a pagar. Sobre este punto insistimos en que no conocemos cual fue la cifra acordada HASTA EL AÑO 2.033, CON LA ADMINISTRACIÓN Char y la Triple A. También debería aclararse en la asamblea, la acusación de la PGN de que se apropiaron de $70.000 millones de los subsidios. El Distrito y los socios privados deben exigir en la asamblea los contratos con su respectivo valor que se dieron entre la empresa “Gestión y Suministros GIS” filial de Canal Isabel II con sede en Barranquilla, para verificar si hubo sobreprecios en el suministro de bienes y servicios y/o se firmaron contratos ficticios , e igualmente con la empresa TI, filial también de Canal Isabel II, como los contratos de crédito para revisar si legalmente entraron los recursos y a que tasas de interés se acordaron. La asamblea se debe encargar de solicitarle a la Fiscalía que investigue a los funcionarios que posiblemente estuvieron comprometidos en las irregularidades que ya reconoció el exgerente Ramón Navarro Pereira, debido a que es imposible que el exgerente sea el único que participó en esa defraudación a la empresa y por ende al Distrito afectando su patrimonio y además calcule la cifra exacta que quedo en manos de particulares. Esta situación debe incluir a los miembros de la junta directiva. Finalmente debe revisarse por la Fiscalía, el cambio del paquete accionario violando el acuerdo 023 de 1.991, como la venta de Aguas de Barcelona a los barranquilleros en el año 2.000, y la conformación de la empresa Slasa en Panamá, y a su vez la venta del 75% de Inassa a la empresa constituida en Panamá Canal Extencia, filial de Canal Isabel II de España. En esas transacciones debe averiguarse si los implicados invirtieron en Panamá cumpliendo las leyes colombianas para invertir en el exterior y si los españoles declararon el monto de la venta de su parte en Inassa, y si los barranquilleros repatriaron o declararon los US$73 millones que vendieron el 75% de Inassa a Canal Isabel II , también de dónde sacaron los recursos, y si las capitalizaciones que se hicieron de esos recursos entraron a la caja de la triple A y se invirtieron en obras de infraestructura. El Distrito debe en la asamblea dejar por sentado que a partir del año 2.019, se encargará directamente de la prestación del aseo, lo que quiere decir que lo asumirá directamente, o a través de un socio especializado, pero no lo manejara más la Triple A que lo tiene subcontratado con un tercero.