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Lafaurie no estará en la ronda de diálogos en Caracas.

Barranquilla, 21 de mayo de 2024.- Presidente de Fedegán, y Miembro de la Comisión Gubernamental, de los díalogos con el grupo terrorista autodenominado, Ejército de Liberación Nacional, José Félix Lafaurie Rivera, envió una carta a la jefe del Equipo Negociador del Gobierno Nacional con el ELN, Vera Grabe Loewenherz, en donde reiteró sus reparos al “Modelo de Participación” expresando que el Comité Nacional de Participación desbordó sus competencias, prácticamente pretende indicar la agenda de la Mesa de Diálogo y convertirse en un proceso constituyente.

Le reitera a Vera Grabe Loewenherz, quien señala, “unque ya se habrá enterado por la columna de opinión que escribí esta semana para algunos periódicos del país, quiero informarle oficialmente que, por compromisos de índole gremial en el exterior, no podré asistir a la ronda de negociaciones que inicia en Caracas”.

Señala no obstante que !dada la importancia de los temas, especialmente el relacionado con los entregables del Comité Nacional de Participación, CNP, a la Mesa de Diálogos, contemplados en el Acuerdo No. 9 (Num. 5.1.)”, afirma en su misiva que “es su propósito reiterar y complementar mi posición, ya expresada públicamente a partir de los tres documentos que se conocen, de los cuales me referiré específicamente al Denominado “Modelo de Participación”.

Explica entonces en varios items la concepción del “diseño” y el desbordamiento de competencias:
– Es claro que se incurrió en desbordamiento de competencias, quizás porque el CNP hizo suyos los objetivos del Programa de Participación como un todo, que incluyó en el numeral 1 del documento, aunque lo son, por supuesto, pero como marco de referencia, mas no como el objetivo definido para el CNP en el Acuerdo 9.

– En efecto, mientras en el Acuerdo los objetivos del Proceso de Paz apuntan a “Construir una agenda de transformaciones para la paz” (Num. 1), el objetivo general, (Num. 5.1.) de la fase de diseño y, por lo tanto, la “tarea” del CNP era concreta: diseñar “un modelo de Participación, un conjunto de recomendaciones y el Plan Nacional de Participación, para entregarlos a la Mesa de Diálogos”, en tanto que el primero de sus objetivos específicos (Num. 5.2.) era “Presentar un plan conceptual, operativo y logístico para promover y facilitar la intervención de la sociedad en el diseño de las participación”.

– Así pues, lo que le competía al CNP era el diseño instrumental de la participación; lo que le correspondía auscultar en la sociedad era sobre las “formas” y “momentos” de esa participación, como bien lo dice el Acuerdo 9 en su numeral 4.1.: “Fase de diseño: En el desarrollo general del punto uno de la Agenda, acordamos realizar una primera fase en la que diseñaremos la forma de la participación de la sociedad…”

– El numeral 8 del Acuerdo establece que la Mesa y el CNP interactuarán con la sociedad para “recoger sus ideas sobre el diseño de la participación” en relación con diversos aspectos, entre ellos “Los siguientes campos temáticos (…): el régimen político, el modelo económico y la situación ambiental…”, pero, una vez más, el “diseño” debe entenderse como el desarrollo instrumental, por ejemplo, en cuanto al régimen político, con quién interactuar: Congreso, asambleas, consejos, el CNE, la MOE; cómo interactuar, foros, entrevistas; cuándo interactuar, etc.

En ese orden de ideas, en ninguna parte, ni del Acuerdo 9, ni del Plan de Trabajo del CNP o de su Reglamento Operativo, se sugiere siquiera la posibilidad de consultar a la sociedad sobre los temas de la Agenda de Negociaciones entre el ELN y el Gobierno Nacional, lo cual no solo termina pretendiendo imponer una agenda, lo cual desvirtúa la condición de la Mesa de Diálogos como “irremplazable en su alta función negociadora y generadora de decisiones bajo el principio de bilateralidad” (Num. 6), sino que desconoce que las eventuales transformaciones que surjan de las fases posteriores del proceso de participación, que no de la primera fase de diseño, decantadas como decisiones de la Mesa, requerirán, muchas de ellas, de desarrollos legales y constitucionales que son prerrogativa exclusiva del Congreso de la Republica o, eventualmente, de las instancias modificatorias de la Constitución.

La condición “vinculante”
– Es cierto que “Las agendas de transformaciones se vuelven obligatorias para las partes y se convierten en política de Estado”, pero cuando surgen como decisiones oficiales de la Mesa de Diálogos donde está representado el Estado, pero no como se afirma en el Modelo, que “Es vinculante cuando se reafirma el carácter protagónico de la comunidad, al garantizar la toma de decisiones de las y los participantes en los aspectos relevantes del proceso”.

– Semejante afirmación convertiría a la participación en un proceso constituyente, qe no lo es. “Las y los participantes” no toman decisiones, simplemente participan libremente, pero de esa participación no se deriva una vinculación automática. Las decisiones son una prerrogativa exclusiva de la Mesa bipartita.

El numeral 3. Ejes de las transformaciones

Sobre la base de que los “Ejes de las transformaciones” que desarrolla el documento son la expresión del desbordamiento de las competencias de CNP, en la medida en que constituyen la pretensión de señalar una Agenda a las negociaciones y, en ese orden de ideas, ni siquiera deberían hacer parte del Modelo, en gracia de discusión me permito algunas observaciones finales sobre los temas incluidos:

– La democracia directa como norma general es un concepto que va en contravía de democracia representativa que es esencia de nuestro ordenamiento constitucional.

– La Doctrina de seguridad y la reforma a la actuación de la Fuerza Pública no solo son competencias del Congreso, sino que no deben ser objeto de negociación con un grupo armado ilegal.

– La referencia al desmonte de “toda forma de paramilitarismo”, haciendo omisión específica a otros grupos armados ilegales como mismo ELN y las disidencias de las Farc denota un sesgo inaceptable que parece justificar unas violencias.

– Las negociaciones con el ELN no pueden pretender una reforma total de las instituciones democráticas, del país: el sistema electoral, la justicia, etc., más allá de que estos y otros temas ameriten ser revisados y reformados dentro del ordenamiento legal y constitucional del país.

– El modelo económico, en general, debe buscar el desarrollo con equidad y, muy importante, cerrar la brecha entre la ciudad y el campo, este último víctima del abandono que es causa de la pobreza y del actual imperio de la ilegalidad en los territorios, pero la condena ‘a priori’ de la minería extractiva y de hidrocarburos, o el pretender imponer agendas sobre “La propiedad, uso y tenencia de la tierra, sobre la política económica exterior o, en el aspecto ambiental, sobre la implementación del Acuerdo de Escazú, son temas que, a mi juicio, desbordan también el ámbito de las negociaciones.

Finalmente, un tema tan central para las negociaciones con el ELN, como el de la participación de la sociedad, no solo debe ceñirse a lo acordado en la Mesa y, por supuesto, al ordenamiento legal y constitucional del país, sino a unos tiempos razonables de presentación previa a los miembros del CNP y de los equipos negociadores, lo que no sucedió en este caso, por lo cual lo recomendable, para bien del proceso, es aplazar para una próxima ronda la discusión y aprobación de los tres entregables por parte de Comité Nacional de Participación.

Llama la atención en el numeral 7 que al definir las condiciones de seguridad, hace referencia directa al cese al fuego y nada dice sobre el secuestro (retenciones económicas) y todo tipo de extorsiones que afectan notoriamente la participación libre de la sociedad.

Le agradezco a usted y a mis compañeros del equipo negociador del Gobierno, su atención a estas observaciones, siempre constructivas y con el mejor ánimo de contribución al éxito del proceso de negociaciones y de su cometido final, un gran Acuerdo Nacional para el logro de la verdadera paz que Colombia sigue esperando.

 

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