COSTA NOTICIAS

Fiscal Barbosa pone freno a los excesivos privilegios de la “Paz Total”, y presenta 9 objeciones a la ley de sometimiento a la justicia

Barranquilla, 20 de febrero de 2023.- Este lunes el Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, luego de la reunión sostenida con Gustavo Petro Urrego, planteó nueve observaciones al proyecto de ley de sometimiento a la justicia, con el que el régimen de extrema izquierda busca involucrar organizaciones criminales y grupos narcotraficantes en la supuesta “paz total”.

El fiscal Francisco Barbosa reclamó las competencias de la Fiscalía en su integridad que es a quien le corresponde asumir la investigación y ejercer la acción penal sobre los sujetos que manifiesten su voluntad de sometimiento, por lo que dejó claro que no deberá limitarse este ejercicio a la Unidad Especial de Investigación UEI, como está contemplado en el texto del proyecto que maneja el régimen.

Afirmó el Fiscal que UEI, fue creada al amparo del Acuerdo de Paz de La Habana, por lo que cualquier atribución adicional que se le imponga excede el mandato constitucional que sentó sus bases de funcionamiento.

Fue enfático el Fiscal Barbosa Delgado en afirmar que “la Fiscalía General de la Nación es la que aplicará el proyecto de sometimiento a la justicia, no una unidad especial dentro de la Fiscalía. Es la Fiscalía General de la Nación la que la aplicará en su integralidad, es decir, todas las unidades de la Fiscalía trabajaran en eso”.

Así mismo pidió mayores tiempos procesales, debido a que el Gobierno de la extrema izquierda propone términos cortos que imposibilitan un estudio profundo y una investigación detallada que permita acceder a la verdad.

Señaló textualmente el Jefe del ente acusador que los tiempos dispuestos en el proyecto “No permiten hacer corroboración y contrastación probatoria. Lo que significa que una vez se den las actas individuales y colectivas de sujeción que se tienen que firmar ante el Alto Comisionado para la Paz, la Fiscalía tiene que tener tiempos suficientes para contrastar esa información con lo que ellos dicen, pero también con lo que el ente investigador tiene sobre ellos para saber si hay verdad o no hay verdad, si se aprueban o no se aprueban esas personas o si están diciendo mentiras o no”, explicó el Fiscal General de la Nación.

Así mismo señaló que no se deben limitar las formulaciones de imputación. Al tiempo que la Fiscalía debe tener la potestad de investigar otras conductas que no sean puestas en conocimiento por los sujetos que estén buscando someterse.

Señalo además que “las imputaciones no se pueden limitar solamente a las actas que firman allá. Las imputaciones así excluyen conductas que no estarían reconocidas en la imputación y que están en la Fiscalía. Por ejemplo, delitos que se hubiesen cometido, que el ente acusador conozca, pero que ellos crean que pueden esconder y no queden sentados en el acta, lo que implicaría que la Fiscalía continúe la investigación penal, así ellos hubiesen firmado un acta”, detalló el Fiscal General.

Así mismo fue enfático el Fiscal Barbosa en dejar claro respecto de topes en extinción de dominio expuesto en el proyecto de Petro no serían como él régimen los propone, teniendo en cuenta que “ya se encuentran bienes afectados con medidas cautelares que están vinculados a procesos ante los jueces o a cargo de la Sociedad de Activos Especiales SAE por lo que no pueden hacer parte de las negociaciones de las organizaciones criminales. Por lo que estas organizaciones criminales deben garantizar la presentación de bienes que no estén afectados.

“Los topes de extinción de dominio ajustarlos al Código de Extinción de Dominio, artículo 133. Señalar que bienes que ya tiene la justicia no hacen parte de lo que ellos van a entregar porque ya los tenemos. Es decir, 26 billones de pesos ya no entran dentro de eso porque eso hace parte de lo que la justicia colombiana ha hecho en los últimos tres años en esta Fiscalía”, dijo el Fiscal Barbosa Delgado.

Así mismo señalo que la Fiscalía no está llamada a aprobar listados ni verificar el cumplimiento de obligaciones, porque esta no es la función constitucional que le fue asignada. A la Fiscalía le corresponde investigar.

“No hace parte de nuestra función constitucional, para poderlo decir, tendría que modificar la Constitución Política porque nuestra función constitucional artículo 250, es la de ser la titular del ejercicio de la acción penal y se desvía de nuestra función”, aseguró el Fiscal General de la Nación.

La aplicación total del principio de oportunidad, entendida como inmunidad penal, se debe otorgar luego de que el aspirante a este mecanismo cumpla todos sus compromisos de verdad y colaboración efectiva, señala otro aparte del documento escrito de su declaración.

“(…) no se regala la zanahoria hasta tanto no se cumpla el compromiso de restauración porque si uno da la zanahoria, pues se la comen antes. Entonces hay que dar la zanahoria, pero parcialmente. Cuando cumplan se las damos totalmente. Es decir, principio de oportunidad suspensivo”, enfatizó el Fiscal Francisco Barbosa.

Las víctimas deben ser protegidas. Denunció en este sentido que en el proyecto petrista de favorecimiento a los criminales, no existe una ruta de atención, reconocimiento o reparación a las víctimas.

“Las víctimas no pueden quedar desprotegidas. El supuesto proyecto de ley fue presentado sin esquema de reparación para las víctimas ni el rol de las víctimas en el proceso”, señaló el Fiscal General.

Igualmente pidió respeto por el principio de cosa juzgada para no dar espacio a que se modifiquen o alteren sentencias que están en firme. Esto debido a que el proyecto de beneficio para criminales presentado contiene un adefesio descomunal en el que solicita abrir las sentencias ya determinadas, algo que nunca se ha hecho ni se ha visto.

“Van a darse sentencias colectivas, pero dice el proyecto que si aparecen nuevos hechos atribuibles a personas que están en la sentencia, se abre la sentencia y se incluye el hecho atribuible. Es raro y nunca lo había visto desde mi función como abogado. Sentencia que se produce, sentencia que se cierra, que queda ejecutoriada. Por ende, sentencia que se firmó por parte de un juez, no puede desconocérsele su intangibilidad. Por eso, ese artículo, es un artículo que tiene que modificarse”, indicó el Fiscal General de la Nación.

No aplicación del principio de oportunidad al delito de concierto para delinquir por delitos graves, entiéndase infracciones a los derechos humanos y a la dignidad de las víctimas.

“No es posible aplicar principio de oportunidad, a nuestro juicio, frente al concierto para delinquir por delitos graves, porque hay una sentencia de la Corte Constitucional que dice que el Estado no puede inhibirse frente a investigaciones de derechos humanos, y en estos casos esos conciertos para delinquir podrían estar implicando esas circunstancias”, agregó.

El Fiscal fue enfático en resaltar que los nueve puntos estudiados y dados a conocer al Gobierno, hacen parte del aporte decidido de la entidad para alcanzar la “paz total”. “Lo que queremos aquí es ayudar, es empujar, como le decía al Presidente de la República. Hacer una apuesta por la ‘paz total’, y es una apuesta, además, del Gobierno que él hace y por supuesto, en la medida que nosotros podamos ser un instrumento de ayuda institucional para algunos de esos temas, lo haremos”, concluyó.

Comparte esta entrada:
Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit, sed do eiusmod tempor incididunt ut labore et dolore
Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit, sed do eiusmod tempor incididunt ut labore et dolore