
La Corte Constitucional decretó mediante Auto 554 del 2025 una medida cautelar de suspensión de los efectos de la decisión proferida por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado que resolvió el conflicto de competencias entre el Consejo Nacional Electoral y la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes, únicamente en lo referente al presidente de la república gustavo francisco Petro Urrego.
En salvamento de voto, el magistrado Reyes recordó que, recientemente, en el Auto 916 de 2024, la Sala Plena de forma unánime había zanjado el debate y había establecido que “la competencia para decidir sobre la presunta violación de los topes de financiación de la campaña presidencial corresponde al Consejo Nacional Electoral, conforme lo dispuesto en los artículos 265 de la Constitución y 21 de la Ley Estatutaria 996 de 2005, y para los efectos allí establecido”.
Reyes insistió: “Se trata de un proceso administrativo en curso y las posibles sanciones administrativas que pueda imponer el CNE no tienen ninguna incidencia –ni siquiera lejana– sobre el ejercicio del mandato presidencial, puesto que este último asunto es competencia exclusiva del Congreso de la República”
Después de analizar en conjunto la decisión y los cuatro salvamentos de votos que existieron en esa apretada decisión, nos preocupa lo siguiente:
Esperamos que la Corte Suprema de Justicia acelere las denuncias contra los representantes de la Comisión de acusaciones para lograr que el presidente entienda que tiene un control a sus arbitrariedades y abusos en el ejercicio del poder. Llegó la hora de cuestionar a los congresistas que prefieren dejar terminar a Gustavo Petro y no aplicarle el 109, para evitar según ellos, un estallido social. El fuera Petro será una realidad en este 2025