Barranquilla, 3 de marzo de 2023.- En un fallo proferido este jueves el Consejo de Estado, dictó medidas cautelares contra un decreto del extremista presidente Gustavo Petro quien había decidido a través del decreto 227 del 16 de febrero del 2023,con el que Petro quiso usar las facultades a que tendría derecho según la interpretación de sus asesores, para regular las tarifas de servicios públicos, en la que como Presidente podría intervenir en la Comisión de Regulación de Energía, Gas y Combustibles CREG. Entidad adscrita al ministerio de minas y energía, encargada de regular las tarifas de servicios de electricidad y gas, tal como lo estipula la ley 142 y 143 de 1994 que rige los Servicios Públicos Domiciliarios.
La demanda de nulidad había sido presentada por los señores JULIÁN DAVID SOLORZA MARTÍNEZ y LUCAS ARBOLEDA HENAO quienes reclamaron que las facultades de la CREG, permanecieran en su comité tal como fue creado por la ley, el cual lo conforman el ministro de Minas y Energía, el ministro de Hacienda y Crédito Público, el director del Departamento Nacional de Planeación y 8 comisionados expertos nombrados por el presidente de la república y por un periodo de 4 años, con lo que no obstante mantiene Petro sus poderes.
Petro había anunciado que se encargaría él mismo de regular las tarifas de servicios públicos, es así como el alto tribunal, decretó medidas cautelares contra el decreto 227 del 16 de febrero del 2023, y con ello quedan suspendidos sus ínfulas de que todo quedara bajo su arbitrio sin embargo, también hacen parte de la CREG dos de sus ministros, el director de planeación y 8 comisionados expertos en la ley 142 de servicios públicos que fueron nombrados por este gobierno.
Es así como la regulación del el sistema tarifario que había anunciado queda nuevamente en poder de la CREG, sin embargo bajo la decisión igualmente de él quien es de esperarse que estaría instruyendo a sus ministros.
Es así como el Consejero de Estado de la Sección Primera de lo Contencioso Administrativo, R E S U E L V E textuslmente:
“DECRETAR la medida cautelar de urgencia de suspensión provisional de los efectos jurídicos del Decreto 227 de 16 de febrero de 2023 «Por el cual se reasumen algunas de las funciones Presidenciales de carácter regulatorio en
materia de servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones»; acto administrativo suscrito por el Presidente de la República, por los Ministros: de Hacienda y Crédito Público, de Minas y Energía, y de Vivienda Ciudad y Territorio, y por el Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional, de conformidad con las razones expuestas en el presente proveído”.