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Corte Penal Internacional abre exámen preliminar al régimen de Maduro

fiscal-bensoudaBarranquilla, 8 de febrero de 2018.- Corte Penal Internacional abrió investigación preliminar por crímenes cometidos en protestas en Venezuela, luego de una denuncia que interpusiera la ex Fiscal de Venezuela Luisa Ortega, y que además adjuntara las pruebas que diligentemente pudo sacar junto con ella al huir de Venezuela, sin embargo afirmó la Fiscal Fotou Bensouda que desde el año 2016, ha seguido de cerca las situaciones en la República de Filipinas y en la República Bolivariana de Venezuela, Estado Parte en el Estatuto de Roma, advirtió la Fiscal con el objeto de dejar clara su intervención.  

Cabe señalar que la semana pasada el presidente de la Corte Suprema de Justicia de Venezuela Michael Moreno viajó a la CPI, y muchos venezolanos se alertaron, la razón obedece a esta declaración de la Fiscal Fotou Bensouda de este jueves en que señaló que la Organización de Justicia Internacional, examina a Venezuela por el uso excesivo de la fuerza en las manifestaciones desde abril 2017 y por las detenciones masivas contra opositores que han denunciado torturas y tratos crueles.

Afirmó la Corte en un comunicado que tras una revisión cuidadosa, independiente e imparcial de una serie de comunicaciones e informes que documentan presuntos crímenes que podrían ser de competencia de la Corte Penal Internacional, decidió abrir un examen preliminar de cada situación.

Afirma la Corte que “el examen preliminar de la situación en el caso de Venezuela analizará los delitos presuntamente cometidos en este Estado Parte desde al menos abril de 2017, en el contexto de manifestaciones y disturbios políticos relacionados. En particular, se ha alegado que las fuerzas de seguridad del Estado frecuentemente utilizaron fuerza excesiva para dispersar y sofocar manifestaciones, y arrestaron y detuvieron a miles de miembros de la oposición, reales o presuntos, algunos de los cuales habrían sido presuntamente sometidos a abusos y enfermedades graves. -Tratamiento en detención. También se ha informado de que algunos grupos de manifestantes recurrieron a medios violentos, lo que provocó que algunos miembros de las fuerzas de seguridad resultaran heridos o asesinados”.

vzla-marcha-19-d-eabrilArgumenta el Organismo Internacional de Justicia que según el Estatuto de Roma, las jurisdicciones nacionales tienen la responsabilidad principal de investigar y enjuiciar a los responsables de crímenes internacionales. No obstante insistió en que un examen preliminar es no una investigación, sino un proceso de examen de la información disponible para llegar a una determinación plenamente informada sobre si existe una base razonable para proceder con una investigación de conformidad con los criterios establecidos por el Estatuto de Roma. Específicamente, en virtud del artículo 53 (1) del Estatuto de Roma, yo, como Fiscal, debo considerar las cuestiones de jurisdicción, admisibilidad y los intereses de la justicia al hacer esta determinación.

quemados-en-vzlaDe conformidad con el principio de complementariedad, que es una piedra angular del sistema jurídico del Estatuto de Roma, y en el marco de cada examen preliminar, afirmó la Fiscal Bensouda que su Oficina se comprometerá con las autoridades nacionales interesadas a fin de debatir y evaluar cualquier investigación y enjuiciamiento pertinente en el nivel nacional.

Expresa además que en el ejercicio independiente e imparcial de su mandato, su Oficina también tendrá en cuenta todas las presentaciones y puntos de vista que se le envíen durante el transcurso de cada examen preliminar, rigurosamente guiado por los requisitos del Estatuto de Roma.

No hay cronogramas legales sobre la duración de un examen preliminar. Dependiendo de los hechos y circunstancias de cada situación, la Corte decidirá iniciar una investigación, sujeta a revisión judicial según corresponda; continuar recopilando información para establecer una base fáctica y legal suficiente para emitir una determinación; o se niega a iniciar una investigación si no hay una base razonable para proceder, explicó la Fiscal en el documento escrito.

Reiteró además que su Oficina lleva a cabo este trabajo con total independencia e imparcialidad de conformidad con su mandato y los instrumentos jurídicos aplicables de la Corte. Mientras lleva a cabo su labor, afirmó que espera contar con el compromiso total de las autoridades nacionales pertinentes en Venezuela.

La CPI tendría jurisdicción sobre el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra cometidos en territorio de Venezuela o por sus respectivos nacionales desde la fecha en que el Estatuto entró en vigor en Venezuela, esto es, desde el 1 de julio de 2002.

Todo lo anterior también aplica para el caso de Filipinas, a quien también se le abrió examen preliminar de la situación donde se analizará los delitos presuntamente cometidos en este Estado Parte desde al menos el 1 de julio de 2016, en el contexto de la campaña “guerra contra las drogas” lanzada por el Gobierno de Filipinas. Específicamente, se ha alegado que, desde el 1 de julio de 2016, miles de personas han sido asesinadas por motivos relacionados con su supuesta participación en el uso o tráfico de drogas ilegales. Si bien algunos de estos homicidios han ocurrido según se informa en el contexto de enfrentamientos entre pandillas o dentro de ellas, se alega que muchos de los incidentes denunciados involucraron asesinatos extrajudiciales en el curso de operaciones policiales antidrogas. En el caso de Filipinas, este es Estado Parte de la Corte, desde el 1 de noviembre de 2011.

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