A través de estas medidas, establecidas mediante la Circular Conjunta No 03 de 2019, se pretende frenar el contrabando, mejorando las estrategias para el control del sacrificio, y la movilización de animales y de productos de origen animal y vegetal.
El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, continúa trabajando articuladamente con otras instituciones del Estado para disminuir el contrabando de animales en pie y productos agropecuarios en el país, con el fin de mantener la sanidad e inocuidad del campo colombiano.
Valledupar, 14 de enero de 2020.- El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, articulado con el Invima, la DIAN y la Policía Nacional, estableció estrategias para disminuir el contrabando de animales, productos alimenticios de origen animal y productos vegetales frescos y semillas (sexual y asexual).
En este sentido, el ICA, la DIAN, el Invima, y la Policía Nacional actualizaron las medidas establecidas en la Circular Conjunta No. 01 del 2009, a través de la expedición de la Circular Conjunta No. 03 del 2019, con la cual se busca promover la formalidad y disminuir de manera directa y efectiva los tiempos, costos y riesgos sanitarios durante los procedimientos para la incautación, aprehensión y/o decomiso directo, actividades de inspección en planta de beneficio y decomiso final de animales, productos alimenticios de origen animal y productos vegetales frescos y semillas (sexual y asexual) que ingresen de manera ilegal al país.
De acuerdo con lo establecido en la Circular Conjunta No. 03 de 2019, el ICA será el responsable de ordenar el sacrificio de los animales o destrucción del material vegetal y la disposición final de los mismos, emitiendo un concepto sanitario o fitosanitarios dentro de las 24 horas siguientes a la incautación o aprehensión.
Es importante aclarar que, en todo caso, el concepto sanitario emitido para animales ingresados de forma ilegal al país será el sacrificio de los mismos, teniendo en cuenta el riesgo sanitario que estos representan para el estatus sanitario del país. Una vez realizado el sacrificio, la disposición final de los animales y sus partes podrá ser la destrucción y desnaturalización o donación de la carne deshuesada a la Fuerza Pública (Ejército, Fuerza Área, Armada y Policía Nacional) con posterior desnaturalización y/o destrucción de los productos de riesgo.
Para la disposición final de los productos vegetales y sus partes, el concepto fitosanitario del ICA estará dirigido a la desnaturalización y/o destrucción, en el sitio autorizado por la autoridad ambiental correspondiente, más cercana al lugar de diligencia.
“Para las autoridades es primordial dar continuidad y cumplimiento a estos lineamientos ante situaciones de posible ingreso ilegal de animales, productos alimenticios de origen animal y productos vegetales frescos y semillas, que ponen en riesgo el estatus sanitario del país y la salud pública de los habitantes, generando graves impactos económicos”, indicó la gerente general del ICA, Deyanira Barrero León.
Con el objetivo de brindar aplicabilidad a estas medidas, el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, realizará a partir del mes de febrero, socializaciones regionales dirigidas a los funcionarios de las diferentes instituciones que intervienen en el proceso.
“Con las estrategias establecidas en la Circular Conjunta No. 03 se actualizaron los puntos a fortalecer por cada una de las entidades que participan en los procedimientos de incautación, aprehensión y/o decomiso directo, actividades de inspección en planta de beneficio y decomiso final, para sumar acciones encaminadas a la prevención y control del contrabando, resaltó la gerente general del ICA