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En fallo la JEP, reclasifica el abuso sexual, y lo convierte en practica común, y de abuso de poder. Niega la amnistía al miembro de las Farc, pero le da al abusador sexual libertad condicional

patricia-linares-1Valledupar, 18 de junio de 2019.- El Tribunal de Jurisdicción Especial para la Paz JEP, a través de la Sala de Amnistía o Indulto le negó la solicitud de amnistía a Óscar Enrique de Lima Contreras, miembro del frente 59 de las Farc, quien presentó la solicitud el 28 de junio de 2017, de que se le aplicaran los beneficios de la Ley 1820 de 2016 Ley de Amnistía por delitos de los que fue acusado en la justicia ordinaria, por reclutamiento ilícito y acceso carnal violento, en las que se vio afectada una niña de la etnia Wayúu en el año 2014.

El abusador sexual había sido denunciado por el padre de la niña abusada, quien además denunció el reclutamiento de sus otros dos hijos por parte del frente 59 de esta guerrilla.

No obstante que Jurisdicción Especial para la Paz, reconoció el delito cometido, no tuvo en cuenta la peligrosidad del delincuente no decretó cárcel sino que le dio libertad condicional.

El procesado pasa ahora para la Justicia Ordinaria, sin embargo contará con los beneficios que le otorga el estar sometido a la JEP, quien considera además que el delito fue cometido en el marco de lo que entre Santos y las Farc decidieron denominar “conflicto armado”.

La Sala de la JEP para el rechazo de la amnistía tuvo en cuenta los conceptos emitidos por la Comisión Étnica y la Comisión de Género de la JEP, quienes califican el delito de acceso carnal violento así como los hechos relatados por el padre de la niña afectada, en una forma suigéneris:

Es así como la Comisión Étnica de la JEP indicó que en este caso “la violencia sexual corresponde a una práctica común en contra de los pueblos étnicos, lo cual podría enmarcarse en patrones de discriminación y dominación cultural”.

Mientras que por otro lado, la Comisión de Género de la JEP señaló que “el conflicto armado aumenta el riesgo de las mujeres a sufrir violencia de género”. Además, precisó que la violencia sexual también “es una forma de mostrar poder, dominio, y una manifestación clara de lo que constituye el abuso de poder, sobre todo, en contextos como el conflicto armado”, 

La decisión fue rechazada por la Corporacion Rosa Blanca quien denunció múltiples delitos de abuso sexual por parte de guerrilleros contra menores de edad, niños, niñas y adolescentes, y señalaron desde su cuenta de tuitter que la JEP, debIÓ enviar el proceso a la Fiscalía, revocarle la libertad condicional, ordenar la recaptura y compulsar copias a congresistas de las FARC por línea de mando. Lo que calificaron como Impunidad.

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