

Durante el proceso se evaluaron pagos, transferencias y testimonios que, según el jurado, evidenciaron un patrón de conducta coordinado.
Parte de la controversia giró en torno al uso de acusaciones graves sin respaldo fáctico verificable.
El fallo introduce un precedente relevante sobre los límites entre litigio estratégico, activismo judicial y responsabilidad civil.
Valledupar, 20 de enero de 2025.- Un tribunal federal del Distrito Norte de Alabama resolvió un prolongado litigio civil relacionado con acusaciones contra la empresa minera Drummond, al concluir que dichas imputaciones fueron construidas a partir de declaraciones falsas y estrategias de presión judicial y reputacional.
El caso fue analizado por un jurado, que el pasado 15 de enero emitió un veredicto en el que declaró responsable al abogado estadounidense Terrence P. Collingsworth y a la organización International Rights Advocates (IRAdvocates) por conductas asociadas a difamación y a violaciones de la Ley de Organizaciones Corruptas e Influenciadas por el Crimen Organizado (RICO).
De acuerdo con el fallo, los demandados difundieron acusaciones que señalaban a Drummond de presuntos vínculos con grupos armados ilegales en Colombia, pese a que existía evidencia suficiente para concluir que tales afirmaciones carecían de sustento fáctico. El jurado estableció que estas versiones fueron promovidas, al menos, con desprecio temerario por la verdad.
Durante el juicio, se examinó un conjunto de comunicaciones enviadas a terceros —incluidas empresas y actores institucionales— que, según la decisión judicial, tenían como finalidad afectar la reputación de la compañía y generar consecuencias económicas y legales adversas. El tribunal consideró que estas acciones no se limitaron al ámbito judicial, sino que hicieron parte de una estrategia más amplia de presión pública.
En relación con la ley RICO, el jurado determinó que existieron prácticas como manipulación de testigos, pagos no revelados, fraude electrónico y conspiración. Parte de la evidencia evaluada incluyó transferencias de dinero a testigos que superaron los 400.000 dólares, utilizadas para respaldar las acusaciones formuladas contra la empresa.
Como resultado, el jurado ordenó el pago de 52 millones de dólares por concepto de difamación y 68 millones adicionales por las violaciones a la ley RICO. Conforme al régimen sancionatorio de esta norma federal, la indemnización derivada de esta última infracción se triplica de manera automática, lo que eleva el monto total de la condena económica a 256 millones de dólares.
La decisión también alcanzó a terceros vinculados al caso, entre ellos un abogado colombiano y un empresario europeo, quienes fueron considerados partícipes del esquema examinado por el tribunal.
Tras el veredicto, la empresa señaló que la decisión judicial despeja cuestionamientos que durante años han sido objeto de controversia en distintos escenarios judiciales y mediáticos. El proceso, sin embargo, no impide que se surtan recursos posteriores dentro del sistema judicial estadounidense.