Con la enajenación temprana el Estado podrá monetizar un número significativo de bienes reduciendo gastos millonarios en administración.
Barranquilla, 22 de marzo de 2017.- La modernización del Código de Extinción de Dominio, que modifica la Ley 1708 de 2014, gira en torno a dos ejes fundamentales: primero, permite que el Estado persiga económicamente a los criminales y, segundo, amplía el concepto de crimen organizado, para contrarrestar cualquier organización delictiva.
Este proyecto de ley del Ministerio de Justicia fue aprobado hoy en la Plenaria de la Cámara de Representantes luego de haber pasado por comisiones primeras conjuntas. La iniciativa pretende que el Estado aspire a una enajenación temprana de bienes susceptibles de extinción de dominio por más de cuatro billones de pesos y busca agilizar todo lo relacionado con estos procesos, respetando los derechos fundamentales de los afectados y garantizando un mejor manejo de los recursos.
“Vamos a dar un paso muy importante en materia de enajenación temprana, esta pasará a ser un acto estrictamente administrativo. Solo cuando se afecta el aspecto económico o los bienes se logra una política criminal sana con mecanismos eficaces frente a la criminalidad organizada”, aseguró el Ministro Gil Botero
El Ministerio de Justicia, la Fiscalía General de la Nación y el Ministerio de Hacienda recomiendan la enajenación temprana para que el Estado pueda entrar a disponer de manera casi inmediata de los bienes incautados. En este momento existen procesos de extinción de dominio que llevan décadas sin definirse. El proyecto de ley plantea que los procesos duren meses o días (dependiendo de la colaboración de los afectados).
El jefe de la Cartera indicó que la Fiscalía General de la Nación busca que los bienes que estén afectados puedan destinarse a la justicia premial, es decir, a beneficiar a quienes contribuyan de manera eficaz con la extinción. “Esta ley permitirá superar las dificultades y las falencias que se venían presentando, podremos avanzar y tendremos un feliz resultado en materia de extinción de dominio”.
Según esta iniciativa, con la implementación de la enajenación temprana se le quita al Estado el problema de administrar tantos bienes y de diferentes naturalezas. También se elimina la posibilidad de que existan escenarios y contextos de corrupción en la administración de los bienes y, por último, permite tener acceso de manera muy rápida a recursos líquidos que serán destinados a la lucha contra el crimen.
Otras modificaciones que se le hacen al Código están encaminadas en agilizar el proceso. Por ello, establece que la etapa de notificaciones solo se desarrollaría cuando el proceso esté en conocimiento de los jueces, lo que generará prontitud y eficacia
El Minjusticia concluyó su intervención diciendo que “el punto de quiebre no son las cárceles, esa no es la solución, tenemos que debilitar sus finanzas, esta es la única forma con la que acabaremos con los corruptos”.