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ZAPPA-APPA- Extinción y Expropiación de Propiedad-Economía con Dirección Centralizada. Miguel Ángel Lacouture

Glosario:

ZAPPA:  Zonas y Áreas de Protección para la Producción de Alimentos

APPA:   Territorios rurales que se destinan a la producción de alimentos determinados.

Dirección Centralizada de la Economía: Sistema económico en el que el gobierno controla todos los medios de producción y decisiones económicas.

Extinción del Derecho de Dominio: Acto Administrativo del Gobierno Nacional para extinguir sin indemnización el derecho de dominio por no cumplir los lineamientos dados en las APPA.

Expropiación: En principio, lo mismo que la anterior, acá se aplica la indemnización al titular del Derecho de Dominio.

UPRA: Unidad de Planificación Rural Agropecuaria

Desde el decreto el decreto 1085/2023, “Por el cual se declara el Estado de Emergencia económica, social y ecológica en el departamento de la Guajira”, introdujo el Concepto de “Zonas Especial de Protección Para La Producción de Alimentos” (ZEAPPA),  en la Guajira, implicaba adquisición de tierras de manera directa o expropiación, desde la excepción de Utilidad Pública o Interés Social del Artículo 58 de la Constitución, so pretexto de asegurar la alimentación de la población del departamento.  La sentencia C-467/2023 del 8 de noviembre, declaró su inexequibilidad dejando el antecedente en particular de la ZEAPPA, figura idéntica a la ZAPPA.

Las ZAPPA, introducidas en el Plan Nacional de desarrollo, art 32, son áreas demarcadas dentro del territorio “de especial interés para proteger el derecho humano a la alimentación de los habitantes del territorio nacional localizadas dentro de la frontera agrícola”. Un primer paso con características de preliminar y no vinculante. Estas áreas se delimitan atendiendo la vocación agropecuaria de la zona consultando su alta potencialidad para la producción alimentaria.

Una vez se hacen los estudios soportados en las conclusiones de vocación de la tierra de la UPRA, el Ministerio de Agricultura expide la resolución de la APPA, estas a diferencia de ZAPPA, tienen carácter vinculante y obligatorio para la utilización de la tierra dentro de los polígonos demarcados. El Min Agricultura al expedir la resolución señala la vocación especifica de la tierra y cultivos que se deben desarrollar en estas áreas. De no cumplir con las directrices señaladas el titular del Derecho de Propiedad puede ser Expropiado o Extinguirse por incumplimiento de las órdenes dadas en la resolución  que demarca la APPA.

Emerge de inmediato el concepto de Dirección Centralizada de la Economía, propio de los Estados Socialistas, mediante el cual, sólo él Estado, tiene las riendas de la economía en general, haciéndose por vía de extinción o expropiación de los medios de producción, -la tierra,- cuando no se cumplen las directrices dadas por Minagricultura.

El derecho de propiedad en nuestra legislación (art 58 constitucional), consagra su protección como Derecho Fundamental, y solamente de manera excepcional  por motivos de utilidad  pública o interés social, previa indemnización, el Estado puede hacer uso de la facultad excepcional de la expropiación, tampoco es de recibo en la legislación en  general, que se aplique la extinción de dominio sin indemnización al titular por incumplimiento de las directrices de la resolución que  define la APPA. De aceptarse se estará violentando los atributos inexpugnables que tiene el Derecho de Propiedad, sin medir los conceptos de Utilidad Pública o Interés Social, generando Inseguridad Jurídica, Patrimonial y aún, Alimentaria, que necesariamente conducirán a espantar la inversión que clama el sector agropecuario.

Las áreas APPA, que el gobierno Petro tiene listas estarían ubicadas en:

Cundinamarca

Antioquia

Córdoba

Santander

Tolima

Cauca

Guajira

!Cuidado¡, es el primer paso, las ZAPPA, que no fueron socializadas con propietarios y habitantes de las zonas, violentando los derechos a la Información, Autonomía de los entes territoriales, y los Atributos de derecho de propiedad. Todo lo anterior con un solo fin, imponer en el sector agropecuario la Economía con Dirección Centralizada, so pretexto de proteger el derecho humano a la alimentación de los habitantes del territorio nacional localizadas dentro de la frontera agrícola.

@lacoutu.

 

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