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Uribe y Velasco radicaron proyecto que modifica la Ley de Garantías

Esta ley regiría a partir de la fecha de su promulgación y derogaría las disposiciones que le fuesen contrarias.

uribe-y-velascoBarranquilla, 2 de noviembre de 2018.- El Centro Democrático, en cabeza del expresidente y senador Álvaro Uribe y del senador Gabriel Velasco, radicó un proyecto de ley con el que buscan modificar la Ley de Garantías.

Según el expresidnete Álvaro Uribe Vélez, la Ley de Garantías tuvo razón de ser durante el periodo de la reelección presidencial, y hoy, sin reelección presidencial, simplemente se convierte en un factor más para que las administraciones no puedan avanzar, ogiéndose el exmandatario a lo dicho la semana pasada el presidente Iván Duque.

Por lo anterior, anotó que ”los actuales alcaldes y gobernadores tuvieron Ley de Garantías este año, prácticamente tuvieron  muy afectada su posibilidad de gobernar por esos periodos largos de Ley de Garantías  y volverían a tener Ley de Garantías el año entrante, lo cual es injusto con ellos. En un periodo de cuatro años, prácticamente dos años con bastantes limitaciones para gobernar”.

Y agregó: “Aquí se eliminan unas restricciones, por ejemplo, que los contratos entre el Gobierno Nacional, los alcaldes y los gobernadores puedan darse no así convenios interadministrativos entre entidades del mismo nivel, se permite, por supuesto, que todos los procesos de licitación pública con toda transparencia puedan avanzar”.

A raíz de la oposición de muchos colombianos al proyecto debido que eliminar la ley de Garantías es facilitar la corrupción, la propuesta que viene tanto del Presidente Iván Duque, como del expresidnete Uribe, fue defendida por el ex mandatario quien dijo que “lo que ellos necesitan es que todo gobierno, local, departamental proceda con toda transparencia y según ellos la eliminación de esa ley, va acompañada de muchas normas de todo ese proceso normativo que está avanzando en el Congreso de leyes contra la corrupción”, puntualizó.

Por su parte, el senador Gabriel Velasco, dijo que “esta iniciativa legislativa busca levantar unas restricciones en la contratación pública que tenían su origen en la reelección presidencial misma que ya no está vigente”.

“En síntesis lo que se busca con este proyecto de ley es darle las herramientas suficientes a las administraciones  departamentales y municipales para que puedan cumplir con sus planes de gobierno sin estar sometidos a las restricciones temporales y de contratación contempladas hoy en día en la ley, que en suma, limitan casi a dos años las posibilidades de contratación y ejecución de las políticas públicas deseadas por los administradores del orden territorial”, puntualizó Velasco.

Un boletín del Senado señala que la iniciativa radicada propone que dentro de los cuatro meses anteriores a las elecciones se les prohíba a los gobernadores, alcaldes municipales o distritales, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas de orden departamental, municipal y distrital celebrar convenios interadministrativos con entidades del mismo nivel territorial para la ejecución de recursos públicos.

Tampoco podrían participar, promover y destinar recursos públicos de las entidades a su cargo, como tampoco de las que participen como miembros de su juntas directivas, para reuniones de carácter proselitista.

Sin embargo, quedarían exceptuados de dicha prohibición “los convenios interadministrativos para la ejecución de recursos que celebren las entidades del orden nacional con las entidades territoriales, como también el aporte de recursos de las entidades terrritoriales a dichos convenios”.

Igualmente se prohibiría inaugurar obras públicas o dar inicio a programas de carácter social o eventos en donde participen candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia de la República, al Congreso de la República, alcaldías y gobernaciones, entre otros.

Así mismo se solicita que se prohíba para actividades proselitistas la utilización de los inmuebles o bienes de carácter público. Tampoco se podría facilitar el alojamiento y el transporte a electores de candidatos a cargos de elección popular.

No se podrá tampoco modificar la nómina del respectivo ente territorial o entidad dentro de los cuatro meses anteriores a las elecciones, salvo que se trate de provisión de cargos por falta definitiva, con ocasión de muerte o renuncia irrevocable del cargo correspondiente debidamente aceptada y en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa.

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