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Parapeto. – Reforma a la justicia? ¡Retroceso en la lucha contra la impunidad!

En el proyecto de ley que presento el gobierno (Ministerio de Justicia), junto con la Fiscalía General y La Corte Suprema de Justica se incluyo un articulo mediante el cual se podría otorgar una rebaja de penas a los criminales que cometan delitos graves contra menores de edad , como abusos sexuales y homicidios, de hasta un 50% y se prevé también un principio de oportunidad, con el peregrino argumento de “agilizar el sistema judicial y reducir la impunidad, y disque fomentar la resolución rápida de casos mediante acuerdos y preacuerdos”.

¿Cuántos niños han sido violados y asesinados en lo corrido de este año en nuestro pais? Casos conocidos 375 casos, muchos de ellos por criminales reincidentes que han salido libres, por vencimiento de términos. ¿Cuántos más que no se denuncian por miedo de sus madres, o de sus familiares?, ¿cuántos a manos de los grupos guerrilleros que aún no conocemos?

Es una vergüenza que nuestra justicia quiera privilegiar a los victimarios y no a las víctimas.

El animal, que recientemente violo, asesino y desmembró a Sofia, una pequeña niña de apenas 12 años, ya había sido detenido, pero fue declarado libre de otros crímenes similares por vencimiento de términos.

Señor presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr Gerson Chaverra, ¿no cree Ud. que lo que se debe borrar del código penal y de procedimiento, es el vencimiento de términos y la prescripción para esta clase de delitos monstruosos?

La Corte Penal Internacional considera el abuso y explotación sexual de menores como delito de máxima gravedad, catalogándolos como crímenes de guerra y de lesa humanidad.

Según el Estatuto de Roma, el tratado que estableció la CPI, estos actos están específicamente tipificados en al artículo 8 (crímenes de guerras) y el artículo 7 (crímenes de lesa humanidad).

En Colombia el Código penal establece penas severas para quienes cometan delitos contra menores de edad: 1.- Por abuso sexual contra menores penas hasta 20 años. 2.- Para Homicidio de menores, asesinato de menores de edad, delitos también calificados como de extrema gravedad penas de hasta 60 años, sin ningún beneficio de reducción de la pena.

Dr Chaverra, si con estas severas penas los violadores no le tienen miedo a la justicia, ni al castigo que los privara de su libertad, imagínese, por un momento, que esos criminales de guerra, autores de crímenes de lesa humanidad, llegaren a recibir rebajas y principio de oportunidad, ¿cuántos asesinatos más podrían cometer, amparados por una justicia laxa apegada a la norma de impunidad y con garantías para cometer infanticidios y violaciones de menores?

Ninguna reforma en esta clase de delitos, que no sea la de proteger a las víctimas, se podrá interpretar como un retroceso en la lucha contra la impunidad. Julio Bahamon.

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