

La persecución a la tierra en el gobierno Petro se convirtió en poco menos que un trágico sainete en tres actos:
Primer acto: Mayo 2023. El instrumento: dos “micos” en la Ley de Plan. El argumento: “Facilitar la compra de tierras por oferta voluntaria”. La trampa: No era venta voluntaria, sino extorsión al propietario: o me vende la tierra…, o se la quito. ¿Cómo?: Sacando a los jueces del camino y dejando al propietario sin recursos de defensa, a merced de una decisión de la Agencia Nacional de Tierras.
Epílogo: Julio 2024. La Corte Constitucional declaró inexequibles los micos, al constatar que eran vicios “insubsanables, que afectaron gravemente el principio democrático (…), implicaron una elusión del debate respecto de la modificación del procedimiento único regulado por el Decreto Ley 902 de 2017 (…) En consecuencia, los procesos agrarios continuarán rigiéndose por el Decreto Ley 902 de 2017, expedido con el objeto de implementar el Punto 1 sobre Reforma Rural Integral del Acuerdo Final de Paz”.
Segundo acto: Agosto 2024: Léase: Me importa un comino la Corte Constitucional. El instrumento: El mismo mico con la misma trampa, ahora en el Proyecto de Ley de la Jurisdicción Agraria, con un parágrafo que le entrega a la ANT las decisiones sobre procesos agrarios mediante acto administrativo, con lo cual se deroga de facto la Fase Judicial del Decreto Ley 902/17 para proteger los derechos del propietario. Además, una pregunta de bulto: Si el Gobierno presenta un Proyecto que define las competencias de los jueces agrarios, ¿por qué en el mismo proyecto se las quita para dárselas a la ANT?
Epílogo: En las consultas previas se logró, en principio, conservar la fase judicial de los procesos agrarios. Sin embargo, el riesgo persiste, mientras el Gobierno presiona para que el Congreso culmine el proceso legislativo, en el que todo puede pasar.
¿Por qué la desconfianza? Porque, en el entretanto, el Gobierno abre el telón al tercer acto: Febrero 2026. El instrumento: El Decreto 174/26, con medidas que afectan la propiedad rural.
El argumento: una “buena causa”, la emergencia declarada en la costa Caribe. La trampa. La misma, derogar por la puerta de atrás la fase judicial de los procesos agrarios establecida en un Decreto Ley que, como anota la Corte, fue expedido a raíz del Acuerdo Final de Paz, del que tanto se exige su cumplimiento.
En esta ocasión, sin embargo, al Gobierno se le fue la mano, no solo al insistir en violar el derecho a la defensa, quitándole a los jueces competencias que les corresponden, para dárselas a la ANT, sino por la pretensión “delirante”, como la calificó el expresidente de la Corte, José Fernando Reyes, de hacer por decreto su reforma agraria en 15 días, atropellando también las competencias de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos.
Al proceso “expedito” –super exprés– del artículo 8°, le queda corto el calificativo del expresidente de la Corte: Apertura y notificación en 5 días; 5 días para aportar o solicitar pruebas –un atropello a la defensa–; omisión de pruebas, como la inspección física de predios, a discreción de la ANT; decisión de fondo en ¡3 días calendario!; Radicación calificación y registro de instrumentos en no más de un día.
El artículo 7° también expresa tan delirante pretensión de eficiencia: La ANT, podrá, ¡en un solo acto!, comprar tierra, registrar el negocio, incorporar el predio al Fondo de Tierras y hasta adjudicarlo a los beneficiarios. ¡Fácil!
Epílogo: Este país sería un paraíso si persiguiera la corrupción y castigara a los bandidos con la misma eficiencia con que se pretende atropellar la propiedad privada de la tierra.
@jflafaurie