Valledupar, 29 de enero de 2019.- El Fiscal General de la Nación Néstor Humberto Martínez Neira y la Vicefiscal María Paulina Riveros Dueñas informaron este lunes sobre los señalamientos que se han estado haciendo desde un medio de comunicación, que tanto el Fiscal General y la Vicefiscal no tienen ni han tenido a su cargo ninguna de las investigaciones que se han desprendido del denominado caso Odebrecht. Las diversas líneas de investigación en el caso “Odebrecht” son impulsadas e instruidas por 15 fiscales de conocimiento.
Investigaciones por caso Odebrecht están a cargo de 15 fiscales de conocimiento
Afirmó el ente acusador que el pasado 14 de enero de 2019 llegó al despacho del Fiscal General solicitud de aplicación de principio de oportunidad en favor de Juan Sebastián Correa. Así mismo señala que el jueves 24 de enero de 2019, tanto el Fiscal General Néstor Humberto Martínez como la Vicefiscal María Paulina Riveros se declararon impedidos por cuarta vez para conocer asuntos específicos de su competencia en una de las líneas de investigación del denominado caso Odebrecht.
Cabe recordar que Juan Sebastian Correa es el principal testigo contra Luis Fernando Andrade, debido a que era su exsecretario privado y hombre de confianza, y fue a este a quien Andrade le habría ordenado eliminar información de los computadores, además sobres los ingresos de algunas personas a las instalaciones de la Agencia Nacional de Infraestructura.
Deberá entonces como testigo principal “declarar sobre un reloj de oro, comidas en la casa del ex senador Bernardo el Ñoño Elías y pedirle que borrara las entradas para no dejar registro de los ingresos en la ANI de congresistas y gente de Odebrecht.”, afirmó Darcy Quinn. También reveló dijo en su momento que Roberto Prieto y Luis Fernando Andrade pretendieron ponerlo a mentir ante la Fiscalía. Además de otras perlas más.
Señala la Fiscalía que los motivos para declararse impedidos se debe a que conceptuó en condición de abogado que la construcción de la vía Ocaña- Gamarra debía ser objeto de licitación. Al igual que la animadversión de Luis Fernando Andrade contra el Fiscal, a quien considera su “enemigo”. Y Juan Sebastian Correa será testigo en contra del exdirector de la ANI.
Además señala que a pesar de haberse declarado impedido, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, respondió que los impedimentos y recusaciones solo proceden para los funcionarios que se encuentren conociendo directamente de las actuaciones, por lo que es improcedente avalar recusaciones del Fiscal General en términos generales, cuando el asunto no se encuentra bajo su despacho.
Inclusive, en otra ocasión la Corte Suprema de Justicia ratificó en relación con el Fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez Neira, que resulta improcedente un impedimento si el funcionario no conoce directamente del asunto:
“Es incuestionable entonces, que los motivos de impedimento y recusación, deben entenderse en relación con el funcionario que está a cargo del asunto. Sin embargo, en el sub judice tal condición no se cumple porque el Fiscal General de la Nación no ostenta dicha calidad respecto de la investigación frente a la cual se pretende su dimisión (…), este trámite lo dirige la Fiscalía (…). En Efecto, tal circunstancia la advirtió claramente el doctor Martínez Neira y se constata en la Resolución (…) expedida el (…) por quien fungía en ese momento como titular de esa entidad, el doctor Eduardo Montealegre Lynett (…).
“Tal requisito de obligatorio cumplimiento impide a esta Corporación, como es apenas obvio. Adentrarse en el estudio de las causales específicas planteadas por la solicitante” (destacado propio, según sentencia del pasado 5 de diciembre de 2016 de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia).
Para finalizar señala textualmente la Fiscalía que “No obstante, esta circunstancia, el Fiscal General de la Nación y la Vicefiscal General la Nación solicitaron a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia que, por razones de economía procesal, disponga que las actuaciones que ocasionalmente lleguen al despacho del Fiscal General en todas las líneas de investigación del denominado caso “Odebrecht”, se remitan directamente al conocimiento del Fiscal Ad Hoc que se designe, para impedir que – como en el caso de Juan Sebastián Correa- se suscite en el futuro una tramitología ineficiente de impedimentos y nombramientos para cada caso”.