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El derecho a libre locomoción es de todos los colombianos. No es exclusivo del Paro. Por: Luis Gabriel Carrillo Navas

“La protesta social se deslegitima cuando para reivindicar derechos se acude al miedo y la violencia para joder al resto del pueblo”

Debo reconocer que esta columna no solo la inspiró la modelo Elizabeth Loaiza, sino los millones de colombianos que nos vemos afectados por los bloqueos ocasionados por el autonombrado comité de paro, que por lo menos a mí, no me representa desde hace más de un mes. “Las protestas por reivindicaciones sociales, políticas o económicas se deslegitiman cuando la mayoría del pueblo no las apoya y le meten la mano los políticos” LGCN

No se trata que ella sea mujer, modelo, una persona importante o famosa, es que los bloqueos afectan a todos colombianos, al de pie, al vigilante, a la empleada de servicios generales, al empleado público o privado, a quién quiere progresar sin excepción; la doble moral del comité de paro y sus promotores desde el Congreso, es que hace rato no representan los derechos de la mayoría, y tal como dijo Elizabeth “usted no me está defendiendo ningún derecho”

Esos que paran y sus aliadosguardan silencio cómplice, solo miran una cara de la moneda frente a saqueos, la muerte de personas incluyendo la de bebés, la carestía que ocasionan y las empresas que quiebran. Todos sabemos quiénes son, no hay necesidad que nombrarlos otra vez.

El derecho a libre locomoción es de todos los colombianos. No es exclusivo de nadie, consagrado en el artículo 24 de la Constitución Política, ese que tanto atropella el comité de paro, los verdes y la izquierda, qué sólo les sirven sus derechos, no de todos los demás, el cual refiere: “Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer y residenciarse en Colombia. El Gobierno Nacional podrá establecer la obligación de llevar un informe de residencia de los habitantes del territorio nacional, de conformidad con la ley estatutaria que se expida para el efecto.” (Negrilla por fuera del texto) En consecuencia, “La protesta social se deslegitima cuando para reivindicar derechos se acude al miedo y la violencia para joder al resto del pueblo”LGCN

Como se puede observar el comité de paro no es la autoridad en este país y menos los congresistas que estimulan la agresión, la confrontación y la conflictividad con la fuerza pública, hasta con la creación de fuerzas de choque o colectivos, incluso esos funcionarios públicos sean alcaldes, senadores, representantes a la cámara no están facultados para limitar el derecho a la locomoción o estimular los bloqueos.

Hace unos días la periodista Vicky Dávila dijo algo muy cierto y que demuestra las contradicciones del comité de paro y cito “Hay algo que no entiendo. Todo el tiempo el comité de paro ha dicho que no tiene nada que ver con los bloqueos que han dejado hasta muertos y mucha miseria. Pero resulta que hoy ordenan “desbloquear escalonadamente”. Entonces, sí tenían que ver con los bloqueos.” Más de su doble moral de esos que dicen defender los derechos de todos, pero solamente representan a unos pocos, no son mayoría de nada.

Al respecto se deben hacer unas precisiones:

  • Las vías y carreteras son de todos los colombianos, más cuando se le impide el derecho a libre locomoción artículo 24 Constitución Política. Las vías no son del comité de paro.
  • Desde cuando se defiende los derechos a la fuerza, con violencia y agresión e imponer su agenda a los demás colombianos.
  • Decía el filósofo Jean-Paul Sartre: “Mi libertad se termina dónde empieza la de los demás”. Por ello, no pueden imponer condiciones, ni hacer exigencias, ni menos impedir el desplazamiento de otros que son la mayoría, ni asumir una representatividad que no tienen. Si fuera así entonces, busquemos donde viven los vándalos y protestantes y no los dejemos llegar a sus protestas a ver si le gusta que les den de su propia medicina.
  • Ningún manifestante está por encima de los colombianos, o considerarse mejor persona que el ciudadano que debe movilizarse a su trabajo, a sus deberes o ir a citas médicas, o aplicarse la vacuna por cuestión de la pandemia.
  • Elizabeth Loaiza y cualquier colombiano tenía todo derecho de grabar el bloqueo y retención en carretera para dejar constancia para proceso penal en contra de las personas que les impedía su derecho de locomoción, la ley no se lo impide, pues es prueba, o pregunto ¿los únicos que pueden grabar son los de izquierda y verdes?, es decir, si hablamos de dictadura quien la impone el que bloquea o el ciudadano que requiere desplazarse.
  • En la sentencia C-009 de 2018 la Corte Constitucional dejó claro una cosa “Desde tal perspectiva, es evidente que el ejercicio de los derechos a la reunión y manifestación pública y pacífica, al tener lugar en el espacio público, inciden en los derechos y deberes de otros ciudadanos y en la posibilidad de su uso de los bienes públicos. Luego, aun cuando la protección a esta libertad es amplia, de su ejercicio no se puede desencadenar un desequilibrio irrazonable en relación con los derechos de terceros, la seguridad ciudadana y el orden público ni puede significar un bloqueo absoluto de la vida en sociedad. No obstante, se debe recordar que estas posibles tensiones deben abordarse desde la razonabilidad y la proporcionalidad.” Lo anterior se traduce en que, 1) NO pueden atacar ambulancias protegidas por el Derecho Internacional Humanitario; 2) NO pueden afectar el derecho a la salud, el trabajo de otras personas; 3) menos implicar y acusar quien no está con el paro, es enemigo del paro; 4) reemplazar la autoridad o el gobierno; 5) tampoco exigir prebendas para dejarlos pasar, eso sería extorsión; 6) NO hay bloqueos absolutos.

La conclusión es clara “el derecho a la protesta social tiene límites y son los derechos del resto del pueblo: el disidente, el ausente, el que no quiere participar. Así como no puedes obligar a otros a pensar como tú, no los puedes obligar a protestar” LGCN

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