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Corte en descrédito de sus propias sentencias, concedió a Jesús Santrich un fuero que antes le había negado dos veces

“Nuevo Presidente de la Corte Suprema había dicho que a las coyunturas difíciles no se les enfrenta con soluciones apresuradas. Hay que actuar rápido, pero con sensatez”

corte-supremaValledupar, 29 de mayo de 2019.-Este miércoles, la Corte Suprema de Justicia desdiciéndose luego de que en agosto 17 de 2018 ratificara por segunda vez con ponencia del magistrado de la Sala de Casación Laboral Rigoberto Echeverri Bueno quien sentenció que “Jesús Santrich” debía continuar a disposición de la Fiscalía General de la Nación, descartando que tuviera fuero especial como congresista. Sin embargo la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia este miércoles con la firma del magistrado Eyder Patiño le concedió un privilegio con el que Santrich según el pronunciamiento de agosto de 2018 no tiene por no cumplir las condiciones.

El pronunciamiento de la Corte en aquel momento se dio a raíz de la declaración de improcedencia de un hábeas corpus solicitado para favorecer Seuxis Paucias Hernández Solarte, alias “Jesús Santrich” quien había sido detenido con fines de extradición, la acción había sido solicitada por un veedor ciudadano, alegando presuntas privación y prolongación ilegal de la libertad.

El nuevo Presidente de la Corte Suprema,  Álvaro Fernando García Restrepo, había dicho a raíz de toda esta situación presentada con la decisión de la JEP y la renuncia del ex Fiscal Néstor Humberto Martínez que a las coyunturas difíciles no se les enfrenta con soluciones apresuradas. Hay que actuar rápido, pero con sensatez, sin embargo la la Sala de Casación Penal en cabeza de Eyder Patiño, este miércoles en un fallo relámpago dejó por el suelo dos pronunciamientos anteriores de la misma Corte

Regresando al pronunciamiento de agosto de 2018 la Corte había dicho de manera textual que “Las solicitudes de libertad deben ser decididas por el propio Fiscal General de la Nación… hasta tanto la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz defina si el detenido es beneficiario de la garantía de no extradición, en función de la fecha de ocurrencia de los hechos indagados, o la Corte Suprema de Justicia, en la etapa judicial del trámite de extradición, decida lo pertinente.

La Corte alegó que textualmente que “Seuxis Paucias Hernández Solarte no tomó posesión efectiva de su cargo y, como consecuencia, no puede decirse que, para estos precisos fines, se tratara de un congresista en ejercicio efectivo de sus funciones legislativas, que es a quien resguarda efectivamente la norma con el fuero”.

“Si en este caso no hubo una posesión efectiva de la función legislativa, no tiene sentido predicar un fuero constitucional que, como ya se dijo, no es en estricto sentido un privilegio personal, sino una garantía institucional a favor de la independencia del Congreso de la República. Tampoco puede admitirse que las conductas que originaron la captura hubieran tenido alguna relación con la labor legislativa, pues nunca la ha desempeñado”, consigna la providencia.

Como se recuerda, en una anterior oportunidad otro magistrado de la Corte Suprema de Justicia había descartado que hubiese ilegalidad en el procedimiento que adelantó la Fiscalía General de la Nación para capturar a Santrich, pedido en extradición por autoridades de los Estados Unidos por narcotráfico.

Leer el pronunciamiento de agosto de 2018 aquí:  corte-suprema-niega-que-santrich-tenga-fuero

Leer también aquí: http://https://costanoticias.com/en-fallo-relampago-corte-suprema-declara-a-jesus-santrich-su-aforado-y-lo-deja-en-libertad-ponencia-de-eugenio-fernandez-carlier-firman-7-magistrados-eyder-patino-uno-de-ellos/

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