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Congreso no podrá sesionar de forma virtual. Corte declaró inconstitucional el artículo 12 del decreto 491. No es atribución del Presidente decidirlo

Barranquilla, 9 de julio de 2020.- La Corte Constitucional decidió este jueves declarar la nulidad de el artículo número 12 del decreto presidencial 491 del 28 de marzo de 2020, el cual le daba vía libre a las sesiones virtuales del Congreso de la República la decisión fue tomada con una votación de cinco votos contra cuatro, y sesionando la Corte Constitucional de manera virtual.

La Corte Constitucional considera que el presidente Iván Duque violaba la Constitución al ser él quien deliberadamente decidió que el Congreso podía sesionar virtualmente, y no dejarle esa potestad que corresponde al mismo Congreso, violando con ello la separación de los poderes.

Se presume la legalidad de los aprobados 24 proyectos, por lo que es claro que el fallo es a futuro, lo cual indica que al Congreso le tocará a partir del 20 de julio legislar presencialmente, y para ello también dijo la Corte que tendrán que modificar su reglamento.

Señala textualmente además la Corte que esa decisión se adoptó “sin perjuicio de las garantías sobre la salud y especial protección de todas las personas que integran el Congreso de la República y su cuerpo de funcionarios y empleados”.

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