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Con un solo proponente, ANTV concesionó la programación al Canal Uno, y aún con graves denuncias

Una de estas denunciantes es la senadora María del Rosario Guerra quien afirmó en varias ocasiones las irregularidades en la concesión de espacios del Canal UNO

Barranquilla, 1 de diciembre de 2016.- La senadora oriunda del departamento de Sucre, María del Rosario Guerra denunció irregularidades en la concesión de espacios del Canal UNO, del que hizo un recuento, acerca de como empezó, cuando el pasado 8 de noviembre se presentó la promesa de sociedad futura PLURAL COMUNICACIONES SAS como ÚNICO proponente, conformado por tres programadores del canal UNO: CM&, NTC y RTI, y un inversionista extranjero HMTV1, para ser concesionario de la programación del CANAL UNO.

Cabe destacar que este miércoles fue consesionada la programación del Canal Uno, a esta sociedad PLURAL COMUNICACIONES SAS como ÚNICO proponente, no obstante que se venía denunciando reiteradas veces las ilegalidades.

maria-del-rosario-guerraExpresó la senadora María del Rosario Guerra, que si bien el marco legal de contratación pública donde los espacios se transmiten a través de la red de RTVC, permite la existencia de un solo proponente, resulta altamente cuestionable el conjunto de decisiones y omisiones de la Autoridad Nacional de Televisión ANTV a lo largo de los tres últimos años.

Explicó que en el año 2003, la extinta CNTV suscribió los contratos de concesión de espacios porque estaba vigente la prohibición de prórroga estipulada en el artículo 10 de la Ley 335 de 1996.

Añadió la senadora sucreña, que en 2013, con todo el ánimo de prorrogar y/o abrir a licitación algunos espacios, la ANTV contrató (después de haberse declarado desierto un concurso de méritos con firmas especializadas) por vía interadministrativa directa, a la Universidad Nacional de Colombia para: realizar el análisis técnico y financiero que sustente la prórroga de los contratos; revisar posibles ajustes a los contratos actuales; y valorar escenarios para nuevas concesiones de espacios de televisión del Canal UNO. En su conclusión, la Universidad Nacional declaró que no le era posible definir las condiciones financieras para la prórroga. Sin embargo, la ANTV concedió la prórroga por 40 meses con base en el artículo 27 de la Ley 1150 de 2007, expresó María de Rosario Guerra.

Denunció por lo anterior que este jueves, invocando lo estipulado en la Ley 1753 de 2015, Ley del Plan Nacional de Desarrollo, la ANTV procedió a adjudicar a un solo concesionario la programación del CANAL UNO, a pesar de que el artículo 17 de la Ley 335 de 1996 contiene un parágrafo pertinente en la coyuntura actual, que establece: “La Comisión Nacional de Televisión (hoy ANTV) deberá determinar las condiciones, requisitos, mecanismos y procedimientos que deberán cumplir los aspirantes a ser concesionarios de los espacios de televisión de que trata el presente artículo teniendo en cuenta para ello criterios que garanticen la igualdad de oportunidades en el acceso a los servicios de televisión y que eviten las prácticas monopolísticas, así como el aprovechamiento indebido de posiciones dominantes en el mercado”. No obstante, a uno de los interesados, Jorge Barón Televisión, que es actualmente concesionario de uno de los espacios, se le informó que no era posible la prórroga, cuando esta si está permitida.

Vale la pena recordar a la ANTV algunos apartes de la sentencia de la Corte Constitucional C-200 de 1998, según los cuales: “Cuando se trata del contrato de concesión de espacios de televisión, el interés general no se identifica con un interés patrimonial de la CNTV (hoy ANTV), ni esta agencia estatal es la llamada a definirlo……”.

Adicionalmente señaló que la opinión pública debe recordar que el aprovechamiento de las economías de escala asociadas con un solo concesionario ESTÁN SUJETAS a los análisis técnicos y de mercado, así como a la doctrina constitucional de PREVALENCIA DEL INTERÉS GENERAL PARA EL CASO DE LAS CONCESIONES DE ESPACIOS DE TELEVISIÓN.

Así las cosas, además de los análisis técnicos y de mercado, que aún no conoce la ciudadanía, y que fueron contratados nuevamente con la Universidad Nacional a finales del año pasado por valor de $2.900 millones, es necesario que la ANTV haga públicos los ejercicios de valoración integral de las prórrogas que se hayan solicitado en los últimos tres años con el fin de determinar su viabilidad o no, argumentó María del Rosario Guerra en su denuncia expuesta ante lo que se veía venir.

Expresó como de mucha importancia recordar a la ciudadanía que el artículo 34 de la Ley 182 de 1995 subrogado por el artículo 1 de la Ley 680 de 2001 “autoriza la inversión extranjera en sociedades concesionarias de televisión cualquiera que sea su ámbito territorial hasta en el cuarenta por ciento (40%) del total del capital social del concesionario. El país de origen del inversionista deberá ofrecer la misma posibilidad de inversión a las empresas colombianas en condiciones de reciprocidad (…)”.

Afirmó María del Rosario Guerra que resulta preocupante que la ANTV, apoyada por la Universidad Nacional, no diera claridad sobre el criterio de reciprocidad a la inversión extranjera necesario para las concesiones de televisión. Añadió que el Gobierno debería recordar que el Consejo de Estado concluyó que el artículo 34 de la Ley 182 de 1995, tal como fue subrogado por el artículo 1 de la Ley 680 de 2001, establece que el límite a la inversión extranjera del 40% se aplica a las sociedades concesionarias de programas o espacios en los canales públicos, o sea, los canales nacionales de operación pública: el Uno y el A, las sociedades concesionarias de los llamados “canales zonales”, esto es, los canales públicos de operación privada: RCN y CARACOL y las de los canales de la televisión regional o local.

Finalmente, reiteró igualmente sus preocupaciones en el sentido de que sólo hubiera un proponente cuando en ocasiones anteriores instancias como el Consejo de Estado planteó la importancia de que para adjudicar debería existir más de un proponente. Y peor aún que una de las empresas del consorcio tenga un accionista casado con una prima hermana del Presidente de la República.

Tampoco la ANTV antes de adjudicar la concesión se preocupó en certificar el origen de la inversión de HMTV1, y confirmar que en dicho país los concesionarios colombianos tienen la posibilidad de invertir en televisión en condiciones similares, indicó la parlamentaria.

Para concluir es importante destacar que la parlamentaria había solicitado a la ANTV suspender la adjudicación hasta que no se hiciera claridad a la opinión pública sobre qué pasó con la solicitud de uno de los concesionarios actuales, y se respondiera sobre si aplica la reciprocidad a la inversión extranjera de uno de los socios del único proponente habilitado para la adjudicación.

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