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Ante la Comisión de Acusación de la Cámara fueron denunciados tres magistrados del caso Uribe, por el presunto delito de Concierto Para Delinquir

Barranquilla, 8 de agosto de 2020.- El abogado barranquillero Renzo Efraín Montalvo Jiménez radicó denuncia penal ante la Comisión de Acusación de la Cámara de Representante, contra los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, José Luis Barceló Camacho, Fernando Alberto Castro Caballero y Luis Antonio Hernández Barbosa quienes tuvieron a su cargo el caso del Expresidente Álvaro Uribe Vélez, por la comisión de hechos, que según el denunciante, pueden catalogarse de conducta punible

Montalvo Jiménez señala varios delitos en su denuncia como hechos imputables contra los tres magistrados antes anotados, quienes según lo expresa en su denuncia estos tres magistrados se concertaron para perseguir al Ex Presidente Uribe, no obstante que estaban traspasando la ley por lo que se presenta un concierto para delinquir, prevaricato por acción en concurso con el abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto, el fraude procesal, entre otros delitos.

Argumenta Montalvo que la Corte Suprema de Justicia  Sala de Casación Penal, en Sala de Instrucción No. 2 actuando como Magistrado Ponente José Luis Barceló Camacho, en compañía de los Magistrados Fernando Alberto Castro Caballero y Luis Antonio Hernández Barbosa, el 16 de febrero de 2018 remitió copia de la decisión dentro del proceso de única instancia 38.451 (Iván Cepeda Castro) a la Secretaría de la Sala con copia de la actuación reservada, a efecto de que se investigue la presunta participación de Álvaro Uribe Vélez en la manipulación de testigos.

Afirma el abogado Montalvo que el Magistrado José Luis Barceló Camacho en coautoría con los otros dos Magistrados cuando ya se encontraba vigente desde el 18 de enero el Acto Legislativo No. 01 de 2018, que derogó la Ley 600 de 2000 (Sistema inquisitivo) y garantizó la “doble instancia”, ordenaron, abrir investigación en contra del Senador Álvaro Uribe Vélez y del Representante a la Cámara Álvaro Hernán Prada Artunduaga, proceso de única instancia N.52.240 (Álvaro Uribe Vélez), el 24 de julio de 2018 porque según ellos, se podían estar tipificando los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 de la Ley 600 de 2000, norma que según ellos rige este asunto, a pesar de que la misma había sido Derogada por el acto legislativo N.01 de 2018.

Denuncia además el abogado barranquillero que el Magistrados José Luis Barceló Camacho actuando como Presidente de la Sala Plena, en coautoría con los Magistrados, Fernando Alberto Castro Caballero y Luis Antonio Hernández Barbosa se concertaron presuntamente ilícitamente en el diseño y ejecución de un plan orientado a encarcelar, procesar y condenar de manera injusta, inconstitucional y arbitraria al Senador Álvaro Uribe Vélez, adecuando su conducta en los presuntos punibles del prevaricato por acción en concurso con el abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto, el fraude procesal y el concierto para delinquir, al ignorar que como Magistrados de la Sala Especializada de Instrucción No. 2 no podían abrir investigación contra el Senador Álvaro Uribe Vélez por la presunta manipulación de testigos y a la vez, de manera simétrica actuar como Magistrados de Sala Plena y participar en los asuntos administrativos y electorales que a la postre llevo a la elección de los Magistrados de la Sala Especializada de Instrucción y de la Sala Especializada de Primera Instancia, porque esa conducta configura de manera diáfana, un prevaricato por acción y una trasgresión al artículo segundo del Acto Legislativo No. 01 de 2018, que adicionó el artículo 234 de la Constitución Política, por medio del cual se estableció que los Magistrados de las salas especiales no podrán conocer de asuntos administrativos ni electorales de la Corte Suprema de Justicia, ni harán parte de la Sala Plena.

En consecuencia, asegura el abogado Renzo Montalvo “que sí la apertura de investigación contra el Expresidente en el proceso con radicado 52.240 se dispuso en única instancia, el 24 de julio de 2018, en vigencia del acto legislativo 01 de 2018, que consagro la doble instancia, y que fue promulgado y publicado el 18 de enero de la misma anualidad, fecha en que entro en vigencia, se infiere la presencia de la presunta comisión de unos hechos punibles dolosos por parte de los Magistrados Barceló, Hernández y Castro, al ignorar y soslayar de manera dolosa y estulticia el acto legislativo N. 01 de 2018, en cuanto a la garantía de la doble instancia para el Senador Uribe, y en cuanto a su deber funcional como magistrados de la Corporación, se puede confutar que de manera implausible y endémica subvierten la prohibición de que como integrantes de sala especializada pueden participar en sala plena en actos administrativos y electorales que culminó con la elección y nombramiento de los actuales magistrados de las sala especializadas de instrucción y primera instancia; En consecuencia, se puede contrastar que los aquí imputados actuaron de manera bifronte, en ocasiones eran magistrados de sala de casación, y de sala plena y podían participar en los actos administrativos y de elección de los magistrados de las salas especializadas de instrucción y de primera instancia, y en otras ocasiones, como en el caso de la persecución política y personal contra el senador, actuaron como magistrados de sala especializada de instrucción”.

Aquí el documento de la denuncia presentada: DENUNCIA RENZO MONTALVO

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