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Afrenta a la Constitución, la justicia y las víctimas, excluir a la Procuraduría de la Justicia Especial para la Paz

Justicia Especial para la Paz sí, pero sin la Procuraduría no será justicia plena.

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Barranquilla, febrero 1 de 2017.- El Procurador General de la Nación, Fernando Carrrillo Flórez alertó este miércoles advierte de la exclusión total del ente de control del proyecto de Acto Legislativo por el cual se crea un título transitorio en la Constitución Política, para incluir normas para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera

Afirmó Carrillo Flórez reclamó que la participación del Ministerio Público en los procesos que se sigan ante la Jurisdicción Especial para la Paz, artículo transitorio 11, inciso primero, PAL acumulado para segundo debate ante la Cámara de Representantes, “no está incluido el mandato otorgado por la Constitución a esta Entidad, donde le confiere y atribuye las responsabilidades de representar a la sociedad ante la administración de justicia, garantizar el respeto de los derechos fundamentales en curso de actuaciones judiciales y hacer efectivos los derechos de las víctimas”.

La participación de la Procuraduría en jurisdicciones especiales, tales como la de Justicia y Paz, ha sido fundamental para blindar constitucionalmente su operación y asegurar la vigencia del orden jurídico, lo mismo que para garantizar los derechos individuales.

Afirmó igualmente que no existe razón alguna que justifique la absoluta exclusión del Ministerio Público de la JEP y por el contrario se aprecia altamente inconveniente, pues la consolidación de la paz en el país demanda confianza ciudadana, adecuado blindaje jurídico y alta presencia institucional.

“No se explica por qué la participación de la Procuraduría General de la Nación se dé en causas de la justicia ordinaria, en tanto en la JEP – de tanta trascendencia para el futuro de la sociedad – se le excluya, como si se tratase de un obstáculo. El Ministerio Público es garante de los derechos de las víctimas en los procesos en la guerra y en la paz”.

Según él, expresándose de manera peyorativa “la Procuraduría de hoy”, que tiene como objetivo ser veedora de los acuerdos que ponen “fin a 52 años de guerra”, no puede pagar por las “peleas” del pasado. “No somos obstáculo para la paz”, sino instrumento constitucional para su cumplimiento y debe hacer intervención judicial ante la justicia especial para la paz.

El Procurador General de la Nación, compartiendo la misma inquietud que al respecto ha formulado la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, presentará al Congreso de la República y al Gobierno Nacional la solicitud para que se modifique este punto en el Acto Legislativo y se establezca la participación del Procurador General de la Nación, por sí o por medio de sus delegados en los procesos que se sigan ante la JEP, conforme los desarrollos reglamentarios que sean menester y que impliquen la creación de una Procuraduría Delegada para la Paz y la Convivencia, de alta necesidad en el contexto institucional colombiano.

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