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Tribunal sentencia al MinSalud, tras Acción Popular de la Procuraduría por vulneración del derecho a la salud de los usuarios

​​La Sentencia declaró la vulneración y amenaza de los derechos e intereses colectivos a la seguridad y salubridad públicas; al patrimonio público; al acceso al servicio de salud y a que su prestación sea eficiente y oportuna y a los derechos de usuarios y consumidores del servicio de salud, por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, de la Superintendencia de Industria y Comercio, de la Superintendencia Nacional de Salud y de la ADRES.

A su vez, imparte órdenes específicas a las entidades del gobierno, que tienen responsabilidades en la garantía del acceso universal a medicamentos con equidad de los colombianos.

Finalmente, le ordena a MinSalud mantener en ejecución el Plan de Respuesta Urgente ordenado por el Tribunal en octubre de 2023.

La decisión del Tribunal representa la esperanza para miles de pacientes.

Barranquilla, 21 de cidiembre de 2024.- En una decisión histórica, tras la demanda de Acción Popular instaurada por la Procuraduría General por las problemáticas asociadas a la escasez y desabastecimiento de medicamentos, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca accedió a las solicitudes del Ministerio Público y declaró que el Ministerio de Salud y Protección Social, la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos, la Superintendencia de Industria y Comercio y la Superintendencia Nacional de Salud han amenazado y vulnerado los derechos e intereses colectivos a la seguridad y salubridad públicas; al patrimonio público; al acceso al servicio de salud y a que su prestación sea eficiente y oportuna y a los derechos de usuarios y consumidores del servicio de salud.

En su momento, el Ministerio Público había señalado la urgencia de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Estatutaria de Salud que ha ordenado expedir la Política Farmacéutica Nacional, para resolver las problemáticas de acceso universal con equidad a los medicamentos necesarios para tratar las enfermedades que aquejan a los colombianos; especialmente aquellos sujetos de especial protección constitucional, niños, niñas, adolescentes y adultos que padecen enfermedades crónicas, enfermedades catastróficas, enfermedades raras, enfermedades huérfanas.
La Procuraduría, durante los últimos 2 años, reveló el agravamiento de la crisis del sector farmacéutico derivada del acúmulo en el INVIMA de más de 27.000 expedientes de registros sanitarios sin trámite, que tiene miles de medicamentos por fuera del mercado; lo que afectó los derechos fundamentales y colectivos de los usuarios.
En la sentencia, el Tribunal le ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social conformar y liderar una mesa de trabajo en la que tengan asiento la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, el INVIMA, los Ministerios de Comercio, Industria y Turismo y Ciencia, Tecnología e Innovación, ADRES, los representantes de la industria, los mayoristas, las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y los representantes de los usuarios y pacientes, quienes tendrán como misión establecer las bases de una nueva Política Farmacéutica Nacional.
El organismo de control ha tenido la certeza de que la nueva Política Farmacéutica debe resolver entre otros aspectos: los problemas administrativos que fomentan la corrupción, regular en forma eficaz y eficiente los precios de los medicamentos, garantizar la financiación y pago a los proveedores, la operación transparente y armónica del sistema farmacéutico y principalmente garantizar que todas las personas tengan acceso a los medicamentos necesarios para resolver sus problemas de salud.
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