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Son hasta 60 años de cárcel a los que se enfrentarán los criminales que asesinen a un Policía, así quedó establecido en la Ley de Seguridad Ciudadana

Barranquilla, 22 de diciembre de 2021.- Este miércoles terminó el trámite del proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana con 114 votos a favor, en sesión conjunta las Plenarias de Senado y Cámara de Representantes donde fue aprobada la conciliación del Proyecto de Ley identificado con los Números 266 de 2021 Senado y 393 de 2021 Cámara con el que el Gobierno Nacional busca fortalecer la seguridad ciudadana y los instrumentos jurídicos y recursos económicos con los que deben contar las autoridades para contrarrestar la delincuencia en las ciudades.

Delincuente capturado tendrá que ser considerado como un peligro para la sociedad, por lo que todo el proceso mientras espera su juicio tendrá que enfrentarlo bajo rejas, y no como ocurre hasta ahora en que el juez enviaba al delincuente para su casa, y en libertad volvía a delinquir.

Cuando un delincuente invada la propiedad privada, el propietario del predio tendrá toda la potestad para enfrentarlo, e incluso darle de baja, para ello el proyecto de Seguridad Ciudadana en su articulado le da todo el respaldo y apoyo a la víctima para que actúe, y no como ocurre ahora que quien de de baja o hiera a un delincuente dentro de su casa era acusado, enfrentar un proceso, e incluso tenía que pagar cárcel por haberse defendido.

Así también se aumentó de 50 años de cárcel que tenía como límite el asesinato de un Policía, con esta ley subió a 60 años, a quien se le ocurra asesinar a un uniformado de la Policía.

Al igual que los delincuentes, o terroristas urbanos no podrán seguir destruyendo el comercio y la infraestructura del estado, ni mucho menos podrán secuestrar ciudades enteras como ocurrió con el mal llamado paro nacional que mantuvo secuestrado varios municipios y ciudades los cuales fueron sitiados, y desabastecida la ciudadanía, porque tendrán las autoridades toda la capacidad para enfrentarlos, o ser arrestados de inmediato, y el juez no podrá mandarlos para su casa, sino ordenar cárcel de inmediato.

La iniciativa liderada por los ministerios de Justicia y del Derecho, del Interior y de Defensa busca, además, reformas en la legislación penal y otras normas como el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, Código de Extinción de Dominio, al igual que regular las armas, elementos y dispositivos menos letales.

Para el Ministro de Justicia y del Derecho, Wilson Ruiz Orejuela, este es un gran logro para los colombianos. “Tenemos que estar tranquilos frente a este proyecto de ley que es garantista de los derechos y libertades de los ciudadanos, pero a la vez implacable contra la delincuencia. Quienes no pueden estar tranquilos con la nueva norma son los delincuentes, porque los perseguiremos para combatir la inseguridad que tanto está afectando al ciudadano”, señaló el jefe de la cartera de justicia.

Dentro de las modificaciones a las normas del Código Penitenciario y Carcelario Ley 65 de 1993 se contempla la del artículo 17 para que las cárceles departamentales y municipales puedan celebrar contratos para la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada.

De la misma manera se adiciona un artículo a la Ley 65 de 1993 para que el Gobierno Nacional y las entidades territoriales del orden departamental, municipal y distrital puedan diseñar, construir, dotar, operar o mantener la infraestructura carcelaria o penitenciaria a través de esquemas de Asociación Público Privadas APP.

Es de aclarar que el INPEC seguirá prestando el servicio de vigilancia y control en los establecimientos de reclusión del orden nacional y la vigilancia privada será sólo para los sindicados. “Esta iniciativa se contempló para que los entes territoriales, como lo determina la ley, puedan hacerse cargo de los sindicados y no se destinen policías para la vigilancia de estas personas. Los policías podrán estar en las calles garantizando la seguridad de los ciudadanos”, enfatizó Ruiz Orejuela.

Otro de los principales componentes de este proyecto se refiere a que se agravan las penas para los delitos de daño en bien ajeno, cuando se afecta la infraestructura destinada a la seguridad ciudadana, el sistema de transporte masivo y las instalaciones militares y de policía y para el delito de instigación a delinquir cuando se realiza para cometer delitos que puedan ocasionar grave perjuicio para la comunidad.

El proyecto de ley, que pasa a sanción presidencial, establece el compromiso del Gobierno Nacional para radicar ante el Congreso de la República un proyecto de ley que regule las responsabilidades de la nación, los departamentos, municipios y distritos en la generación, operación, mantenimiento y gestión de los centros carcelarios y penitenciarios que permitan cumplir de forma efectiva las penas de prisión y medidas de detención preventiva como consecuencia de la aplicación de esta Ley.

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