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Procuraduría desechó el derecho prevalente de los niños a tener una familia de Papá y Mamá, y se fue del lado de Santos y los LGTBI

Bajo el supuesto de poner en duda otras clases de familia Procuraduría abandonó a los niños y se fue del lado de los homosexuales

Alega que la familia no nace de un concepto jurídico, y lo que debe prevalecer es lo que a su juicio es el derecho del niño o niña a tener a homosexuales, lesbianas, solterones y solteronas como una familia y con ello según les parece, garantizar el ejercicio pleno de los derechos de la infancia y adolescencia.

procuradora-de-fliaBarranquilla, mayo 10 de 2017.- Este miércoles la Procuraduría General de la Nación, a través de su Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia, Sonia Téllez Beltrán, presentó la posición del Ministerio Público, respecto de la adopción por parte de las parejas de Lesbianas, Gays, Transexuales, y Bisexuales e intersexuales entre otras modalidades de parejas distintas a las heterosexuales, en principio sin nombrarlas con el nombre que corresponde, escudándose en términos técnicos, y pidió archivar el proyecto de ley 01 de 2016, por medio del cual se convoca a un Referendo Constitucional y se somete a consideración del pueblo este proyecto de Reforma Constitucional por la cual se consagra la adopción de menores sólo por parejas conformadas entre hombre y mujer”.
En su intervención en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, la delegada Téllez Beltrán montó la defensa de los supuestos derechos de los homosexuales a adoptar, en el supuesto de que el proyecto estaría “creando criterios sospechosos que según el Ministerio Público rompen con el derecho a la igualdad” y se fue al vericueto de que “lo que debe prevaler no es el vínculo jurídico que une a un hombre y una mujer, sino la posibilidad que va a tener el niño, niña o un adolescente de tener una familia”, desconociendo el derecho prevalente de los menores a tener una familia con las mejores condiciones posibles.
La representante del Ministerio desconoció la importancia explicada por diferentes voces que señalan que únicamente las familias conformadas por un hombre y una mujer pueden garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes que el Estado está obligado a brindarle, porque según ella este asunto “no está plenamente demostrado”.
Prefirió el Ministerio desconocer el derecho democrático de los 2 millones 300 mil colombianos que con su firma solicitaron que se les tuviera en cuenta su opinión como Constituyente primario, y se fue por las ramas y tomó el nombre del pueblo que firmó argumentando que la pregunta del referendo, cuestiona la idoneidad de un hombre solo, una mujer sola y de parejas homosexuales para garantizar el ejercicio pleno de los derechos de la infancia y adolescencia. Afirmando que este asunto que no se puede decidir en las urnas sino que de manera unilateral lo decidió la Procuraduría.
La Procuradora Delegada aseguró que desde el Código del Menor y después el Código de Infancia siempre se ha dado la posibilidad de que la adopción pueda ser por una mujer soltera, un hombre soltero y ahora como lo ha dicho la Corte Constitucional, entre parejas del mismo sexo.
Dijo que decirle a hombres o mujeres, solteros o viudos, que no pueden adoptar es “desconocer su opción de vida y el derecho que tienen de conformar una familia”, olvidando el derecho de los niños a tener Papá y Mamá.
Argumentó la responsabilidad que tiene la Cámara de Representantes y en general, el Congreso de la República de definir este tema y no dejar en manos de la Corte Constitucional la tesis de la Procuraduría.
“En un Estado constitucional de derecho todos los órganos están obligados a defender los principios y la supremacía de la Constitucional y que más que sea el Congreso y no la Corte la que tenga que definir realmente cuáles son los derechos de los niños, niñas y adolescentes”, dijo de manera muy deliberativa finamente la delegada de la Procuraduría.
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