Barranquilla, 5 de septiembre de 2022.- La demanda de nulidad que había sido presentada por tres ciudadanos antioqueños el 21 de julio en Medellín, contra las jornadas electorales que se llevaron a cabo en este 2022, que había sido inadmitida, no obstante mediaba una solicitud de partirla, por parte de la magistrada a cargo para lo cual les dieron tres días para corregir, fue nuevamente presentada, aún más radicalizada. Originalmente la demanda presentada al Consejo de Estado que era de 10 páginas, presenta la respuesta al alto Tribunal además de las pretenciones solicitadas.
Desde entonces ha pasado varias etapas del proceso. Recepción, reparto, radicado y traslado en Medellín. Ése traslado fue al Consejo de Estado. Y allí, recepción, reparto, radicado, inadmisión y ahora presentada con correcciones. Y sigue viva después de 9 etapas procesales, siendo la corrección de la demanda aún más brava que la original.
En esta etapa la magistrada que tiene a su cargo el caso, pretendía partir la demanda y que demandáran a Gustavo Petro, pero antes por el contrario los demansantes se radicalizaron en su postura y la endurecieron.
Los argumentos presentados por los demandantes en esta segunda parte se basan en los siguientes puntos:
“”Somos observadores electorales. Pedimos las pruebas. No nos las dieron en tiempo y forma, afirmó en este sentido uno de los demandantes “pedí por Derechos de Petición a CNE y Registraduría información que requería para confirmar unos indicios que tenía a partir de los hallazgos al estudiar más de 150 resoluciones. CNE contestó a medias. Registraduría no contestó””.
“En razón de que se iba a vencer la nulidad. Demandamos con indicios”. Por lo anterior solicitan a la Magistrada, que con los indicios ordene el Trinunal las pruebas, y con ellas llevar a cabo la auditoría forense. Y posterior a la auditoría la Magistrada podrá demandar las elecciones.
Lo que viene: Es que la magistrada no tiene alternativa para negar una auditoría electoral a unos observadores electorales a sabiendas a que se expone. Debiendo además aceptar proferir las medidas cautelares solicitadas, según la opinión de dos exmagistrados consultados, uno de la Corte Constitucional y otro del Consejo de Estado.
Añaden a demás los demandantes que la Magistrada no tiene la competencia para redactar la demanda a su gusto y tampoco para fracturarla en 50 demanditas, por el único presumible hecho que la demanda no haya sido entendida.
Finalmente de negarse la demanda, queda la opción de los tribunales internacionales de Derechos Humanos.