Barranquilla, 3 de marzo de 2020.- Luego de ser resueltas las recusaciones en las que ninguna fue aceptada contra los magistrados Alejandro Linares, Diana Fjardo, Antonio José Lizarazo, Alberto Rojas Ríos, José Fernando Reyes, y Gloria Ortiz, debido a que ya tenían pronunciamientos previos desde el año 2018, no obstante la Corte no lo tuvo en cuenta este lunes en que resolvió negar la demanda de tutela de la abogada Natalia Bernal Cano quien pedía declarar ilegal el aborto desde el momento de la concepción, declarándose la Corte inhibida para dar un fallo de fondo, por lo que finalmente desistió de estudiar la ponencia del magistrado Alejandro Linares.
Los esfuerzo hasta el momento han resultado vanos, entre estas las marchas y la tutela para acabar con el aborto en Colombia interpuesta por la abogada. Falla la Corte Constitucional al no tener en cuenta los argumentos que se negó a estudiar. Y fallan los que supuestamente luchan contra el aborto pero celebran el fallo, porque en este momento no se ha logrado avanzar sino que la Corte reafirmó el fallo que permite el aborto en tres causales, o sea ordena matar.
La demanda vía tutela de la abogada Natalia Bernal estaba dirigida directamente contra las dos normas sobre las que decidió en el pasado la Corte Constitucional en la que aprobó el aborto en tres causales, sentencia que Bernal señaló que fueron aprobadas con errores de inconstitucionalidad, y de allí el propósito de que la misma Corte reversara la decisión de la sentencia C-355 del 2006.
Falta de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia, fueron los argumentos de la Corte para declararse inhibida, no obstante la abogada ha calificado el fallo como irresponsable, y ha dicho además que la decisión de la Corte aumentará el peligro para la mujer que incluso muchas veces decide suicidarse, según dijo.
La abogada Bernal quien solicitaba negar toda intención de arrebatarle la vida a una criatura no nacida, afirmó que su tesis es que “si se aumentan las libertades para abortar, habrá muchas mujeres violadas porque el violador sabe que el Estado le permite a la mujer deshacerse de las consecuencias de esta violación”.
Por su parte el magistrado Carlos Bernal quien apoyó la decisión de la de la Sala extraordinaria Plena de la Corte Constitucional no obstante hizo una aclaración de voto, dijo que “no existe un derecho fundamental a abortar, ni un derecho fundamental a la interrupción voluntaria del embarazo, ni a decidir con libertad acerca de la práctica del aborto. No hay ninguna disposición constitucional ni del bloque de constitucionalidad que instituya un derecho semejante”, afirmó textualmente el magistrado Bernal.
Lo que si dejó claro el magistrado Carlos Bernal es que a raíz del caso del bebé de 7 meses de gestación que fue asesinado con la anuencia de Profamilia, es claro hace falta legislación para el caso del derecho de los padres, y la concurrencia, participación o consentimiento de los hombres en el procedimiento.
Lo que queda de esta experiencia es que a la abogada le faltaron argumentos no obstante el esfuerzo, por lo que afirmó que insistirá en volver a presentar otra demanda, al igual que también queda claro que aquí no hay ningún triunfo que celebrar con la decisión de la Corte Constitucional a continuar con las tres causales de la sentencia en la que suplantó al Congreso de la República, desconoció al constituyente primario además de desconocer la misma Constitución.
Cabe destacar en este orden las celebraciones de muchos que se hacen así mismo “líderes” de la causa sin conocer a profundidad el caso, al igual que las reclamaciones de algunos sectores aún con lucidez que no han perdido la ruta, entre estos la senadora Claudia Emma Castellanos quien expresó desde su cuenta de tuitter que: “Es deber del Estado brindarle herramientas de educación sexual a la mujer para que no haya embarazos no deseados y proteger al nasciturus bajo cualquier circunstancia. La vida es un derecho del cual nadie debe ser privado arbitrariamente”.
Antes de que la Corte decidiera manifestó que “sería un gran desacierto que la Corte Constitucional avale el aborto libre, otro atropello al derecho fundamental a la vida que desde la C-355 ha sido menoscabado La vida SI es un derecho fundamental y constitucional, el aborto es una atroz decisión que lo interpone”.
También había dicho que “la Convención Americana de Derechos Humanos, en el artículo 4.1 menciona que la vida comienza desde el momento de la concepción. En esta instancia el aborto sería un asesinato. Defendamos la vida de las mujeres y el nasciturus bajo cualquier circunstancia”.