Cumpliendo promesas de campaña de llevar más regalías para las regiones productoras, el gobierno Duque promovió la modificación del sistema general de regalías (SGR).
Mediante reforma del artículo 361 de la Constitución y expedición de la Ley 2056 quedó establecida la correspondiente reglamentación.
El nuevo régimen del SGR impone que los ingresos obtenidos se tienen que destinar a la financiación de proyectos de inversión que contribuyan al desarrollo social, económico, y ambiental de las entidades territoriales (ET); y dichos proyectos deben cumplir con los principios de Buen Gobierno, además de las características de pertinencia, viabilidad, sostenibilidad e impacto.
Los proyectos de inversión que serán financiados con recursos del SGR tienen que estar articulados con los planes y políticas nacionales, territoriales y grupos étnicos; además del mejoramiento en necesidades básicas insatisfechas (NBI) y las condiciones de empleo, y deberán incorporarse al presupuesto en un capítulo independiente que se denominará “inversiones con cargo al SGR”.
El nuevo SGR le otorga mayor autonomía a las regiones, para que los recursos se conviertan en obras que mejoren la calidad de vida de las comunidades; también fortalece la descentralización de las ET, simplificando los procesos e instancias de decisión que participan en la definición de los proyectos de inversión, pasando a tener solo 8 OCAD de los 1.152 que existían. Así mismo, deberá atender el principio de planeación con enfoque participativo, democrático y de concertación.
La distribución del nuevo SGR quedó establecida como enseguida se muestra:
7% Para mplementar la Paz con Legalidad, incluyendo la reparación de víctimas.
20% Asignaciones Directas para ET donde se adelante explotación de recursos, y con puertos marítimos y fluviales por donde se transporten.
5% Asignación Directa adicional a municipios.
15% Asignación para Inversión en Ambiente y Desarrollo Sostenible de los Municipios, con criterios de NBI y población
34% Asignación para la Inversión Regional en los departamentos, municipios y distritos a través de los OCAD.
1% Conservación de áreas ambientales y contra la deforestación.
10% Para Ciencia, Tecnología e Innovación
0,5% Municipios ribereños del Río Magdalena y Canal del Dique
2% Funcionamiento del SGR, fiscalización, conocimiento y cartografía, evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental.
1% Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control; la mitad para la Contraloría General de la República.
4,5% FONPET y Fondo de Ahorro y Estabilización.
En términos generales, se observa que la discrecionalidad de gobernadores y alcaldes queda muy reducida para la ejecución de los recursos de las Asignaciones Directas y la Asignación para la Inversión Local, porque se tiene que realizar un proceso de participación ciudadana a través de mesas públicas que definan y prioricen los proyectos de inversión. Es decir, no se ejecutarán los proyectos que a los gobernadores y alcaldes les dé la gana sino los que defina la comunidad.
Se acabó el recreo con los recursos de la regalías. Y eso está bien!
Para la concertación, los gobernadores deben invitar a la Asamblea Departamental, Organizaciones de Acción Comunal, organizaciones sociales, Universidades y principales sectores económicos con presencia en el departamento. Por su parte, los alcaldes, deben invitar a las Juntas Administradoras Locales, Concejo Municipal, Organizaciones de Acción Comunal, organizaciones sociales, y principales sectores económicos con presencia en el municipio.
El proceso de concertación debe constar en actas, y la Contraloría departamental debe ser garante del cumplimiento del procedimiento. Los gobernadores y alcaldes no podrán delegar su participación.
A partir de un análisis comparativo muy simple, lo que se puede observar del nuevo SGR que está contenido en la Ley 2056 es que las asignaciones directas se duplican, y el nuevo sistema también promueve la equidad con más recursos para más de 1.000 municipios con mayores NBI.
Los recursos asignados para Ciencia, Tecnología e Innovación fueron aumentados; y se mantiene la inversión para proyectos de impacto regional con criterios de población, pobreza y desempleo.
Por primera vez, se asignan recursos de regalías que permitirán financiar proyectos relacionados con la conservación de áreas ambientales estratégicas y la lucha nacional contra la deforestación. Ahora las CAR pueden participar en la formulación y presentación, viabilidad, registro y ejecución de proyectos ambientales.
En próxima columna me referiré con mas detalles a la participación ciudadana y control social en la definición de los proyectos del nuevo SGR. @LcolmenaresR