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Corte Constitucional abre incidente de desacato contra el ministro de Salud por ajuste insuficiente de la UPC

El alto tribunal concluyó que el gobierno nacional no ha cumplido de forma integral las órdenes para garantizar la suficiencia de la Unidad de Pago por Capitación.

El ministro Guillermo Alfonso Jaramillo deberá responder en 48 horas.

Valledupar, 14 de diciembre de 2025. La Corte Constitucional, a través de su Sala Especial de Seguimiento, decidió abrir un incidente de desacato contra el ministro de Salud y Protección Social, Guillermo Alfonso Jaramillo, al considerar que el ajuste aplicado a la Unidad de Pago por Capitación (UPC) no garantiza la financiación adecuada del sistema de salud. La determinación quedó consignada en el Auto 2049 de 2025, expedido el 10 de diciembre.

La Sala, integrada por los magistrados Vladimir Fernández Andrade, Miguel Polo Rosero y Carlos Camargo Assis, quien actúa como ponente y presidente, evaluó el cumplimiento de las órdenes impartidas en la Sentencia T-760 de 2008, uno de los fallos estructurales más relevantes en materia de derecho a la salud. Tras ese análisis, concluyó que persiste un incumplimiento general, en particular frente a los mandatos que obligan al Ministerio de Salud a asegurar la suficiencia de la UPC.

La UPC es el valor que el Estado reconoce por cada afiliado para cubrir los servicios incluidos en el Plan de Beneficios en Salud. Su actualización anual debe reflejar el aumento real de los costos del sistema y la inflación, con el fin de garantizar la sostenibilidad financiera y el acceso efectivo de la población a los servicios de salud.

En el auto, la Corte advirtió que, pese al tiempo transcurrido y a los reiterados llamados al gobierno, las órdenes estructurales no se han cumplido de manera integral. El tribunal señaló fallas persistentes en el acceso a los servicios, problemas de disponibilidad, riesgos para la sostenibilidad financiera y una débil articulación institucional.

Sobre el ajuste de la UPC, la Sala concluyó que el Ministerio de Salud se limitó a aplicar incrementos basados principalmente en la inflación y en recomendaciones de instancias asesoras, sin presentar estudios técnicos que demuestren que el valor fijado cubre realmente las necesidades del sistema. Por ello, el alto tribunal fue enfático en afirmar que “persiste el incumplimiento general del componente de suficiencia de la UPC” a cargo de la cartera de Salud.

La Corte ordenó trasladar la decisión al ministro Jaramillo para que, en un plazo de 48 horas desde la notificación, exponga los fundamentos jurídicos de su actuación. También advirtió que, de mantenerse el incumplimiento, se compulsarán copias a la Procuraduría y a la Fiscalía.

Además del incidente de desacato, el tribunal impartió nuevas órdenes al Ministerio de Salud, entre ellas la obligación de acreditar técnicamente, para la vigencia de 2026, la suficiencia de la UPC tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado. La Corte precisó que dicho cálculo no puede basarse únicamente en la inflación ni en conceptos de la Comisión Asesora, sino en estudios que reflejen los costos reales del sistema.

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