

Muy ofendida la congresista Jennifer Pedraza por la manifestación de la fe del presidente Abelardo De La Espriella, lo que significó una “enorme bofetada” al retirarse de la Arena de la Universidad Santiago de Cali este viernes7 de agosto de 2026, durante la ceremonia de posesión del nuevo primer mandatario de la Nación. Se agitó todo el auditorio, aún más que cuando ingresaron Infantino, Milei, Álvaro Uribe Vélez, José Manuel Restrepo y Abelardo de la Espriella (supongo que la candidez de la imaginación de la Pedraza llegó a esa sensación del paroxismo). ¿Protestó durante los últimos cuatro años por los excesos de drogas, alcohol, manifestaciones y demostraciones de la vida sexual, de los escándalos de decadencia moral, de la visita a chamanes, brujas y santeros incluso internacionalmente, de la burla de las creencias de un porcentaje inmenso de colombianos, por la indisciplina simple de dejar plantadas durante horas a personajes importantes o personas del común, etc., por el batracio? Sea seria!
Manifesté días antes que los Congresistas debían reunir una serie de requisitos mínimos de conocimiento, para todos, incluyendo las etnias indígenas. Entre otros aspectos, que deberían someterse a exámenes que versaran sobre la Constitución Política o Derecho Constitucional, aclarando que al menos en lo atinente a valores y principios y derechos fundamentales, además de la Ley 5ª sobre el trámite legislativo, deberes u obligaciones de los padres y madres de la patria al actuar en tal rol. nacional.
Jennifer Dalley, en la actualidad senadora de la República de Colombia, es economista y ha sido merecedora de reconocimientos, pero sin duda se trata de una analfabeta funcional, porque desconoce valores primarios y fundamentales de la Constitución Política de Colombia que, debe estudiarlos y me ofrezco para impartirle clases virtuales gratis, a fin de que sea “buena madre de la patria”. Igual para la Carrascal que no le atina un gol al Arco del Triunfo. Ninguna comprende el sentido filosófico ni político de la palabra libertad.
La razón basilar que prohíja el rasgamiento de vestiduras al mejor estilo de los fariseos (eran una secta religiosa-política del judaísmo) de la senadora, es el desconocimiento constitucional de la libertad religiosa, la libertad de expresión y la confusión entre Estado Laico y laicismo y por tanto el tema sensible de la intolerancia religiosa. Son mínimos de contenido básico constitucional cuyo propósito es facilitar la convivencia social que, obliga en primer lugar a recordar que en el preámbulo de la misma Constitución Política se “invoca la protección de Dios”, sin indicar la concepción ideológica que se tiene de Él, precisamente para desde ese inicio, respetar la variedad de definiciones o concepciones polisémicas, lo cual constituye una generalidad en donde quepamos todos, los de raíces semíticas o no y desde ahí evitar cualquier conflicto de esta naturaleza.
A las señoritas o señoras, desconozco el título que merecen en este aspecto, las “honorables madrecitas”, le es obligatorio separar los conceptos “laico” de “laicismo”, que aun cuando tienen raíces idiomáticas comunes, las acepciones gramaticales son diferentes. Cuando se califica al Estado como laico, está bien la definición integral que ofrece la IA al señalar que “es un país o nación que funciona de manera independiente de cualquier religión. El gobierno no tiene una religión oficial, no favorece a ningún credo y toma sus decisiones sin la influencia de normas religiosas. A la vez, garantiza la libertad para que cada persona pueda creer o no creer”. Sencillo, entendible, básico.
El laicismo, es la doctrina política y jurídica que defiende la separación absoluta entre el Estado y las organizaciones religiosas. Significa entonces que las “madrecitas de la patria”, ejerces el laicismo sin conocer el trasfondo real y lo confunden con el “Estado Laico”. Pero veamos como enfrentan y afrentan con su comportamiento que hacen público en redes sociales los derechos fundamentales o los derechos humanos que consagran varios instrumentos internacionales en esta materia, en particular el derecho a la religión, culto o concepción ideológica y a la libertad de expresión de Abelardo De La Espriella, el Vicepresidente José Manuel Restrepo y de tantos que se sintieron fuertemente emocionados por el ecumenismo hecho evidente en la ceremonia al invitar a orar a un rabino, un pastor religioso y un sacerdote católico. El derecho a ejercer públicamente sus creencias, porque no les está prohibido al presidente ni al vicepresidente, por cierto, con mucho fervor. Entonces, “madrecitas wok de la patria”, su conducta contra ellos se llama “intolerancia religiosa”, que además se extiende a muchas otras personas anónimas y reprochable pues confunden “pepita Gómez con gomitar pepitas”. Diferente si se expide una norma jurídica en la que impongan algún credo religioso para el resto de los colombianos. Así mismo, las senadoras es muy probable que incurrieron en los delitos descritos en los arts. 134 A y B, (los jueces determinaran si hubo concurso homogéneo) y en las circunstancias agravantes 1,2,3 y 4 del art. 134 C Ley 599/00, modificada por la Ley 1752/15. Quedan desde ya impedidas para votar proyectos de ley sobre el tema de las religiones.
La tolerancia religiosa ligada con la libertad de religión o conciencia, implica respetar la ideología del otro. En este aspecto, si bien hay creciente activismo no católico en Colombia, la mayor parte de los habitantes del territorio nacional se reputan así y en porcentaje son 79%. Lo anterior significa que, si bien los llamados cristianos adquieren conocimientos teológicos por las dinámicas de las confesiones religiosas, no les autoriza para ser jueces del ejercicio del derecho a la libertad de conciencia, a través de otro derecho carísimo que es el de la libre expresión. De hecho, el Señor Jesucristo común para la gran mayoría de los connacionales, señaló: “No juzguéis para que no seáis juzgados” (Mateo 7:1). El uso de símbolos o imágenes hace parte del derecho de expresión dentro del ejercicio de la libertad de religión. Sería interesante que todos leyeran, incluyendo las senadoras y sus áulicos la sentencia de los crucifijos de la Corte Europea de Derechos Humanos o Tribunal de Estrasburgo.