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Aprobadas en primer debate en Comisión Primera modificaciones a la JEP

comision-1-jepBarranquilla, 27 de octubre de 2018.- Finalmente el proyecto para modificar la JEP creando un mínimo de garantías para que los militares y policías del país puedan ser procesados en ese Tribunal, fue aprobado la tarde de este miércoles en su primer debate en la Comisión Primera, con dos artículos que proponen ajustes en los que serían nombrados 14 nuevos magistrados y los testimonios e investigación serían contrastados dentro de los procesos que se lleven a cabo con el propósito de evitar la autoincriminación y los falsos testigos.

La iniciativa fue aprobada en la Comisión luego de que se presentara una la proposición que sale del acuerdo entre las distintas fuerzas políticas sobre el proyecto para modificar el Tribunal de Justicia Especial para la Paz, en el que se aprobó la supresión de los artículos 3, 4, 5 y 9 del proyecto que buscaba modificar la JEP creando una sala especial para el juzgamiento de los militares.

El senador Luis Fernando Velasco afirmó que se logró en este primer debate, el acuerdo con las fuerzas del Centro Democrático, con la presencia del Partido Liberal, Cambio Radical, el Partido dela U, Partido Verde, el Partido MIRA y y el Partido Conservador.

Señala el artículo 7 transitorio del Acto Legislativo 01 del 2017, lo siguiente:

La Sala de Reconocimiento de la Verdad, Responsabilidad, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas y las secciones de Revisión de Apelación de reconocimiento de verdad y de Responsabilidad de los Hechos y Conducta y la sección de Reconocimiento de Verdad Responsabilidad de Definición de los Hechos y Conductas del Tribunal para la Paz tendrán 14 magistrados adicionales que serían escogidos por un Comité Especial de Escogencia, Autónomo,  Independiente para poder actuar de manera imparcial, integrado entre otros por dos delegados del Consejo Superior de la Judicatura, un delegado de la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial y un delegado del Procurador General de la Nación. Los nuevos magistrados también podrán fijar las reglas que no estén previstas en el articulo aprobado.

El comité recibirá postulaciones durante 30 días luego de los cuales llevará a cabo la selección de los 14 magistrados en un periodo máximo de 30 días adicionales, para posteriormente llevar a cabo la elección de quienes deberán reunir los requisitos previstos en los artículos 7 y 8, que indican que deben tener conocimiento en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario y conocimiento del Derecho Operacional o lo que es lo mismo, los Manuales Operacionales de las Fuerzas Armadas de Colombia.

Estos magistrados deberán tomar posesión ante el presidente de la República y cumplir con su función de acuerdo con la Constitución y la leyes y la Ley que regula la Jurisdicción Especial para la Paz.

Así mismo señala el artículo transitorio que los miembros del Comité no asumirán ninguna responsabilidad personal por la selección de los magistrados.

De igual manera señala el articulado que cada una de las Salas y Secciones de la JEP estará organizada en grupos de magistrados y equipos de trabajo que desempeñarán su función de manera independiente para los casos de los miembros de la guerrilla de las Farc, y de los agentes del Estado.

El otro articulo modificado, y numerado con el 2 señala que para el caso de quienes se sometan o sean objeto de llamamientos a comparecer en la JEP, sus testimonios o confesiones deberán ser constrastados con otra información. Respecto de terceros, mencionados deberá también ser contrastada con información reportada a la JEP.

Respecto de los procesos ante la Sección de No Reconocimiento, la sola confesión de quienes se sometan o puedan ser llamados a comparecer en la JEP, no podrá ser prueba suficiente para proferir condena en su contra.

Y finalmente la confesión de quienes puedan ser mencionados en la confesión deberá ser contrastada con otras fuentes de información.

 

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