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Tribunal Superior de Bogotá negó habeas corpus a Jesús Santrich. Fiscalía es competente para continuar el proceso

santrich-registroBarranquilla, 15 de abril de 2018.- Éste domingo en horas de la tarde fue rechazado el Habeas Corpus presentado por el abogado de Seuxis Pausias Hernández Solarte, alias Jesús Santrich con el que pretendía que se le otorgará la libertad inmediata.

Informó este domingo la Fiscalía General de la Nación al recibir la respuesta que el Tribunal Superior de Bogotá que la magistrada se acogió al documento sustentado por el ente investigador que en 15 páginas respondió uno a uno los argumentos expuestos por la defensa de Jesús  Santrich. Aseguró la Fiscalía que es palmario y que su confinamiento obedece a la circular roja emitida por la Interpol numerada a 364 8/2 1018 publicada el 9 de abril de 2018 por delitos federales de narcotráfico.

Es así como la Fiscalía General de la Nación en un comunicado informa que dentro del término previsto en el artículo 2.2.2.3.1 escrito único reglamentario 1069 de 2015 mediante resolución del 13 de abril de 2018 ordenó la captura con fundamento en la comunicación efectuada por el ministerio de Relaciones Exteriores relativa a la nota verbal 0587 de la misma fecha procedente de la Embajada de los Estados Unidos señaló la sentencia de la magistrada Clara Inés Márquez.

El ente investigador también informó este domingo que el Tribunal Superior de Bogotá respecto del proceso de extradición en contra de Jesús Santrich que la magistrado de la Sala Civil, Clara Inés Márquez, determinó que no se ha iniciado el trámite de extradición motivo por el cual no corresponde la remisión del proceso a la Jurisdicción Especial para la Paz, rechazando con esta respuesta la solicitud del Habeas Corpus presentada por el abogado.

Una vez se formalice el pedido de extradición del ministerio de Relaciones Exteriores el ministerio de justicia y del derecho remitirá el expediente de extradición de la Jurisdicción Especial para la Paz para los efectos del artículo transitorio 19 del Acto Legislativo número 01 del 4 de abril de 2017.

En consecuencia de acuerdo con el fallo del Tribunal, Santrich seguirá privado de la libertad en cumplimiento de los trámites establecidos por la constitución y la ley que han sido acatados a cabalidad por la Fiscalía General de la nación

En su decisión la funcionaria judicial afirmó que la fiscalía es la entidad competente para adelantar las actuaciones relacionadas con la captura con fines de extradición de alias Jesús Santrich, termina así el documento publicado por la Fiscalía General de la Nación la tarde de este domingo

El alto tribunal pudo constatar que a la fecha se han cumplido los trámites pertinentes y que en el actual estado del procedimiento no es oportuno conforme el ordenamiento jurídico, remitir la actuación a la Jurisdicción Especial para la Paz.

La fiscalía igualmente se refiere a la cronología del proceso. Primero el 9 de abril de 2018 fue privado de la libertad alias Jesús Santrich. Segundo el mencionado ciudadano fue puesto a disposición del despacho del Fiscal General de la Nación el día 10 de abril de 2018. Tercero conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.2.3.1 del decreto 1069 de 2015, el Fiscal General de la Nación cuenta con un término de cinco días hábiles para ordenar la captura con fines de extradición de la persona retenida con fundamento en la notificación de la Interpol. Cuarto, el Fiscal General  ordenó la captura con fines de extradición mediante resolución del 13 de abril de 2018 dentro del término establecido en el ordenamiento jurídico. y Quinto, en consecuencia si bien los Estados Unidos según informó el ente acusador no ha formalizado la solicitud de extradición para que el caso sea remitido, lo cierto es que los términos que contempla la norma descrita no han fenecido la actual aprehensión Seuxis Paucias Hernández Solarte, alias Jesús Santrich, está justificada

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