Valledupar, 15 de enero de 2018.- Con un decreto presidencial del 29 de diciembre de 2017, y cuando todo el país estaba distraído en las compras de fin de año, el presidente Juan Manuel Santos, apoyándose en lo que para él es legal, esto es “el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el parágrafo primero del artículo 66 de la Ley 1753 de 2015, modificó el Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, adicionando el artículo 1.2.1.10, Y el Título 4 a la Parte 6 del Libro 2 en relación con las condiciones generales de operación de la ADRES -Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, para despojar a los Departamentos de sus recursos propios que por ley le corresponden.
Se trata de los recursos que provienen de las rentas departamentales de licores, loterías, apuestas permanentes y Tabaco, con los que arrebataándoselos a los entes territoriales, el gobierno los centraliza en Bogotá, con destinación al ADRES y ordena con ellos pagar el multimillonario déficit del sistema subsidiado de salud.
Según el Gobierno el artículo 66 de la Ley 1753 de 2015 creó la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, ADRES, determinó que una vez entrara en operación la ADRES, se suprimirá el FOSYGA.
De igual forma argumenta que el parágrafo 10 del citado artículo determina que el Gobierno Nacional establecerá las condiciones generales de operación de la Entidad Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES, necesarias para el cumplimiento de su objeto y funciones. De igual manera afirma que mediante Decreto 1429 de 2016 modificado por los Decretos 546 y 1264 de 2017, se definió la estructura interna, las funciones y el régimen de transición, de la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud ADRES, Y se determinó como fecha de iniciación de las operaciones, el 10 de agosto de 2017.
Adicionalmente señala como argumentos para su cometido, que se hace necesario establecer las condiciones generales de operación de la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES, que permitan fijar los parámetros para la administración de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud y su flujo, de acuerdo con la nueva institucionalidad definida por la ley, por lo que en un extenso documento desarrollo cual será el procedimiento y la destinación de estos recursos.
Por otra parte los gobernadores bajo el liderazgo del gobernador de Antioquia, Luis Pérez Gutiérrez rechazan la decisión y le hacen el reclamo a través de cartas formales dirigidas no solo al Presidente Juan Manuel Santos sino también al Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas.
Afirma el Gobernador de Antioquia que el Gobierno está violando la Constitución que en su artículo 362 que señala que “las rentas de licores y de otros monopolios son exclusivas de los Departamentos, que no existe una norma que modifique esta Ley ni que diga lo contrario”. Al igual que le cita el artículo 287 de la Constitución que igualmente ordena que los Entes Territoriales gozan de Autonomía para la Gestión y administración de sus recursos”.
El decreto tienes además las firmas del Ministro de Salud, Alejandro Gaviria, y eel Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas