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Rafael Martínez, gobermador del Magdalena estaría obstruyendo la Justicia con maniobras dilatorias, señala el Consejo de Estado

El alto tribunal alertó sobre el uso reiterado de recursos improcedentes, solicitudes infundadas y nulidades sin asidero legal por parte del exgobernador del Magdalena, lo que podría configurar temeridad procesal sancionable.

Valledupar, 25 de julio de 2025. La Sección Quinta del Consejo de Estado lanzó una advertencia contundente contra la estrategia procesal adoptada por el exgobernador del Magdalena, Rafael Alejandro Martínez, cuya elección fue anulada el pasado 8 de mayo de 2025 por incurrir en doble militancia.

En un nuevo auto del 24 de julio, el tribunal rechazó las solicitudes de adición, aclaración y nulidad presentadas por su defensa, al considerar que carecen de fundamento jurídico y buscan dilatar el cumplimiento del fallo. “La presentación de peticiones impertinentes, así como la interposición de recursos y nulidades improcedentes serán consideradas como formas de dilatar el proceso y son sancionables por el ordenamiento jurídico”, advirtió el Consejo de Estado, invocando el principio de lealtad procesal.

El auto recuerda que Martínez fue hallado responsable de infringir la disciplina partidista al apoyar en público, el 21 de septiembre de 2023, a candidatas de un partido distinto al que lo avaló.

La sentencia de nulidad, con efectos inmediatos, generó una cascada de acciones por parte del exmandatario: primero, una solicitud de aclaración de la sentencia; luego, una petición de adición alegando omisiones inexistentes; finalmente, una solicitud de nulidad basada en supuestas irregularidades inexistentes en el trámite del fallo.

Ninguna de estas intervenciones logró su cometido. Por el contrario, la Sala concluyó que se trataba de actuaciones infundadas que “no responden a yerros sustanciales de la decisión ni a omisiones materiales”, sino a intentos de entorpecer el cumplimiento de la sentencia.

Para expertos en derecho contencioso administrativo, este tipo de advertencias son infrecuentes y solo se emiten cuando existe evidencia clara de abuso del proceso judicial. En caso de reincidencia, la defensa de Martínez podría enfrentarse a sanciones por temeridad procesal, como multas, advertencias disciplinarias o incluso denuncias ante el Ministerio Público.

Con esta decisión, el Consejo de Estado no solo cierra la puerta a la reposición del fallo del 8 de mayo, sino que reafirma su doctrina frente a la doble militancia y advierte que la justicia electoral no puede ser utilizada como escenario para tácticas dilatorias de corte político. Ahora la pelota está en la cancha del Ministerio del Interior, entidad que deberá designar un gobernador encargado mientas se convocan a elecciones atípicas.

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