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La Corte Suprema de Justicia, y órganos de Justicia de manera reiterada, amenazan la libertad de prensa en Colombia: FLIP se pronuncia

prensa-1Barranquilla, 12 de enero de 2018.- La Fundación Para la Libertad de Prensa se expresó este jueves, luego de que el Tribunal Superior de Bogotá pretendiera acceder a todo el material con el que Revista Dinero realizó una investigación periodística.

Se trata del material suministrado para la publicación del artículo “Los pecados de Eike” en el que enjuiciaban “las inversiones en Colombia del multimillonario brasileño Eike Batista y a Leyla Rojas Moreno, exviceministra de Aguas del Ministerio de Ambiente y quien entonces trabajaba para la carbonera CCX Colombia, propiedad de Batista”, según afirma la Flip.

La ex viceministra Leyla Rojas al sentirse afectada, demandó a Publicaciones Semana S.A., dueña de la revista, “solicitando como prueba la exhibición de todos los correos electrónicos, comunicaciones y demás documentos que sirvieron como sustento de la nota”, según afirma la Flip en su pronunciamiento. A pesar de que el juez de conocimiento del caso negó la prueba sin embargo, la viceministra insistió y el Tribunal Superior de Bogotá autorizó la solicitud de Rojas.

Publicaciones Semana S.A. interpuso una acción de tutela en contra del Tribunal solicitando dejar sin efecto su decisión. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia la negó argumentando que la exhibición de las comunicaciones es “indispensable (…) a fin de conocer la autenticidad de las afirmaciones efectuadas en el artículo”.

La Federación de Periodistas, afirma que “”las decisiones de los magistrados Eluin Guillermo Abreo, del Tribunal Superior, y de Luis Armado Tolosa, de la Corte Suprema, son violatorias de la reserva de la fuente, figura esencial para el ejercicio libre del periodismo, reconocida en el derecho internacional y garantizada por la Constitución que dispone que “el secreto profesional es inviolable””.

La Federación Internacional, destaca que no se trata de un hecho aislado. Y advierte que de manera creciente, las autoridades están ordenando la exhibición de documentos protegidos por la reserva de la fuente en una tendencia que la FLIP ha venido registrando desde el año 2017.

Afirma que “durante el año pasado la FLIP tuvo conocimiento de seis casos en los que periodistas independientes o vinculados a medios de comunicación, como RCN Televisión, El Pilón de Valledupar y La Patria de Manizales, recibieron solicitudes de entidades para que entregaran su material”. Entre los casos documentados por la FLIP, destaca textualmente los siguientes:

  • Las presiones recibidas por la periodista Maritza Aristizábal de RCN Televisión por parte de las Fuerzas Militares para que revelara sus fuentes periodísticas.

  • La solicitud hecha por un fiscal y la autorización dada por un juez para acceder a la cuenta de Facebook del periodista William Solano de la ciudad de Buga, en el marco de una investigación por injuria. La FLIP interpuso una tutela para buscar la protección del periodista la cual fue negada en primera y segunda instancia. Dada la evidente violación de derechos, la Fundación Karisma, el Centro de Estudios de Internet y Sociedad de la Universidad del Rosario, la organización Artículo 19 México, Artículo 19 Brasil y el abogado Carlos Cortés, de la mano con la FLIP, solicitaron infructuosamente a la Corte Constitucional que revisaran este caso.

Finalmente manifiesta su preocupación en que este tipo de actuaciones sean utilizadas por funcionarios judiciales de alto rango encargados de la defensa de la Constitución. Sin embargo según la FLIP, habría falta de conocimiento en la rama judicial sobre el alcance de protección de la libertad de expresión en el ordenamiento constitucional y en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, debido las evidentes manifestaciones que se vienen dando.

Explica entonces la entidad, que “la reserva existe para que las personas que tienen hechos que denunciar no se sientan cohibidas por posibles represalias, garantizando su derecho a expresarse y el derecho de la ciudadanía a estar informada. Según ha aclarado la Corte Constitucional, la inviolabilidad de la reserva permite que el medio guarde el secreto sobre quién es la fuente de su información, sobre el contenido de la información y la forma en cómo se obtuvo (sentencia T-298 de 2009)”.

Añade además que “la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha dicho que los periodistas tienen derecho a negarse a revelar sus fuentes y los productos de su investigación a entidades privadas, terceros y a entidades públicas o judiciales”, sustentado en que “el periodista, rinde un servicio público importante al reunir y difundir información que de otra forma, sin guardar el secreto de las fuentes, no podría conocerse. (…) Por lo tanto, la confidencia constituye un elemento esencial en el desarrollo de la labor periodística y en el rol conferido al periodismo por la sociedad de informar sobre asuntos de interés público”.

Finalmente señala respecto del caso, que “la sentencia de tutela del magistrado Tolosa será impugnada por Publicaciones Semana S.A. La FLIP hace un llamado a la Corte Suprema de Justicia para que se aleje de esta tendencia infractora de los estándares internacionales de libertad de expresión y proteja el derecho a la reserva de la fuente de Publicaciones Semana S.A”.

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