Y de acuerdo con el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OIE, sólo se puede establecer, una sola vez, una única Zona de Contención, en la cual se garantice que la enfermedad no se disemine al resto del país.
La presentación del foco en el Cesar indica que ya existen diferentes zonas del territorio nacional infectadas por lo que se invalida la estrategia de establecer una nueva zona de contención.
Como resultado de la asesoría técnica del experto del Centro Panamericano de Fiebre Aftosa, PANAFTOSA, se refrendó lo anteriormente señalado y se recomendó en lugar de nuevas zonas de contención, el establecimiento de una zona de trabajo en todos los departamentos de frontera en los cuales se aplicarán medidas técnicas y administrativas diferenciadas, que permitan sostener un comercio con el resto del país y la recuperación del estatus de país libre de fiebre aftosa con vacunación.
Así mismo señala el ICA que la estrategia utilizada para el control y la erradicación de los focos del Cesar, se base en el artículo 8.8.7, numeral 3 (a), del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal, OIE, que consiste en el sacrificio sanitario de los animales enfermos y sus contactos, vacunación de emergencia y vigilancia acorde con lo contemplado en los artículos 8.8.40 a 8.8.42, con el fin de restituir el estatus de país libre con vacunación, mínimo seis meses después del último animal sacrificado.
Finalmente el ICA informó que, una vez finalice la vacunación en la zona de contención, el próximo 30 de noviembre de 2018, se levantará la medida por medio de la cual se estableció una zona de contención de fiebre aftosa en los departamentos de Arauca, Boyacá y Cundinamarca.