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CD en el caso de Andrés Felipe Arias hará valer el derecho a la impugnación de la sentencia condenatoria que toda persona merece según el Artículo 29 de la Constitución

También afirma que impulsará una ley que permita impugnar la Sentencia.

Al igual que seguirá impulsando en el Congreso una ley que permita reabrir casos de personas condenadas en única instancia

cd-uribe-aumento-del-sueldoBarranquilla, 12 de julio de 2019.- El Partido Centro Democrático afín al Ex Ministro Andrés Felipe Arias, luego de que este se desempeñara en ese cargo en el Gobierno del Ex Presidente Álvaro Uribe Vélez, se pronunció con respeto a la decisión de la Corte Suprema de Justicia de solicitar la extradición del exministro Andrés Felipe Arias y la de las autoridades de Estados Unidos de concederla.

El pronunciamiento se da luego de la llegada del Ex ministro a Colombia. Reafirmó el Centro Democrático que  Andrés Felipe Arias no es un delincuente ni un prófugo. No cometió ningún delito ni se apropió un solo peso. Buscó asilo político porque fue condenado injustamente y en Colombia no tiene doble instancia ni garantías. “Su empeño de todos estos años ha sido demostrarlo con pruebas y documentos”.

Por lo anterior invitan a universidades, organizaciones, medios de comunicación y estudiosos de temas judiciales a analizar en profundidad el caso. De qué lo acusaron, por qué lo condenaron y la persecución de que ha sido objeto. Además de calificar el caso como “una página oscura de nuestra vida institucional”.

“Andrés Felipe Arias y su familia han tenido que pagar enormes costos “espirituales” y materiales por el acoso judicial de que son objeto. Grandes dolores, sacrificios y humillaciones. Pero no están solos. Reiteramos nuestra solidaridad y respaldo a su causa”.

Finalmente señalan que “”en defensa de la justicia, el Centro Democrático seguirá impulsando en el Congreso una ley que permita reabrir casos de personas condenadas en única instancia. Es una medida urgente e indispensable, para garantizar, en todos los casos, lo ordenado por el artículo 29 de la Constitución que señala que “en materia penal, la ley permisiva o favorable, aun cuando sea posterior, se aplicará de preferencia a la restrictiva o desfavorable” y que toda persona tiene derecho “a impugnar la sentencia condenatoria“”.

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