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Consejo de Estado confirma la suspensión provisional del acta de grado y el diploma de abogado del Julián Bedoya Pulgarín

Valledupar, 7 de mayo de 2026.- La Sala de la Sección Primera del Consejo de Estado confirmó el auto que decretó la medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del acta de grado y el diploma de abogado que la Universidad de Medellín le otorgó al excongresista Julián Bedoya Pulgarín.

Lo hizo al negar el recurso de súplica que formuló el exsenador. La decisión inicial de suspensión de los efectos de los actos demandados obedeció a la evidencia de irregularidades en el proceso de graduación de Bedoya que demostraban la violación al reglamento de la universidad.

Esto, debido a que el análisis de la solicitud cautelar y las pruebas del expediente demostraron que el estudiante se reincorporó luego de varios años de interrupción del proceso académico, sin que se advirtiera la existencia de autorización previa por parte de la facultad de derecho. Además, se consideró que existieron contradicciones e inconsistencias en la evaluación de algunos exámenes preparatorios.

En la providencia que decidió el recurso de súplica se advirtió que el excongresista sí ejerció sus derechos de defensa y contradicción respecto de los elementos normativos y probatorios que soportaron la petición de cautela, incluidos los alegados por la universidad en la reforma de la demanda, comoquiera que se pronunció frente a dicho escrito.

De ahí que no se hubiese desconocido el debido proceso en cuanto a las pruebas presentadas con posterioridad al traslado. Para la Sala de la Sección Primera de la Corporación, las conclusiones expresadas en la providencia que observó las irregularidades en el trámite universitario, con la consecuente suspensión provisional de los efectos de los actos demandados, contaban con el respaldo legal y jurisprudencial que se exige en ese momento del proceso judicial.

Con ello precisó que la comprobación minuciosa y exhaustiva de los cargos de nulidad de la demanda es necesaria cuando se profiere pronunciamiento de fondo en la sentencia definitiva.

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